Getafe (BOCM-20240104-65)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 3

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

12. Fomento de la sensibilización social y la participación ciudadana en la prevención y resolución de los problemas sociales.
13. Las competencias que en materia de atención a menores atribuya a las entidades
locales la Ley 6/1995 de 28 de marzo de garantías de los derechos de la infancia y adolescencia de la Comunidad de Madrid.
14. Plan Integral de Familias.
15. La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de las obligaciones
correspondientes a la concesión las prestaciones sociales de carácter económico (emergencia social, cobertura de necesidades básicas, comedor escolar, escuelas infantiles o guarderías privadas y residencias de personas mayores).
16. La autorización y disposición de gastos y el reconocimiento de las obligaciones
correspondientes a la concesión de la ayuda a domicilio, teleasistencia, comida a domicilio, ayudas para la mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.
17. Las competencias que en materia de promoción de la autonomía personal y atención
a las personas en situación de dependencia atribuye a las entidades locales la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre.
18. Plan integral de promoción de la autonomía personal y atención a las personas
con dependencia.
19. Plan de Inclusión Social.
20. Garantizar el ejercicio pleno y efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, así como la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.
21. Llevar a cabo políticas y líneas de actuación pública donde se tendrán en cuenta
las necesidades y demandas de las personas con discapacidad aplicando el principio de
transversalidad en las actuaciones del Ayuntamiento.
Duodécimo.—Se confiere la Delegación de Salud, Consumo y Agenda 2030, a D.a
Alba Leo Pérez, que comprende la siguiente unidad administrativa:
— Salud, Consumo, Laboratorio Municipal y Adicciones.
Delegándose en la misma las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.
4. Velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Ayuntamiento en
virtud de convenios.
5. Tramitación de expedientes de concesión de subvenciones en su ámbito competencial.
6. Otorgar el visto bueno de las certificaciones que se expidan por las unidades y departamentos que comprende la Delegación.
7. Desarrollo, gestión y seguimiento de Planes Locales de Prevención.
8. Coordinación entre el Ayuntamiento y la Administración Sanitaria.
9. El ejercicio de las competencias en materia de control sanitario y salubridad atribuidas a la Alcaldía por la legislación en la materia.
10. Prevención y promoción de la salud.
11. Desarrollo y seguimiento del convenio con la Comunidad de Madrid para la
prestación del servicio de atención a adicciones.
12. El ejercicio de las competencias atribuidas a la Alcaldía por la legislación en materia de consumo.
13. Promover la implantación de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo
Sostenibles en el Municipio.
Décimo tercero.—Se confiere la Delegación de Movilidad y Transporte, a D. Carlos
Daniel Enjuto Domínguez, que comprende la siguiente unidad administrativa:
— Movilidad y transporte.
Delegándose las siguientes facultades:
1. Fijar y hacer cumplir las directrices generales de la Delegación.
2. Coordinar todas las actuaciones de la Delegación con facultad de dictar instrucciones y circulares para regular el ámbito de su actividad.
3. Resolver los conflictos de atribuciones que pudieran surgir entre los Servicios y
Unidades Administrativas contenidos en su Delegación.

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