C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240104-21)
Concesión subvenciones –  Resolución 5959/2023, de 13 de diciembre, del Director General de Servicios Sociales e Integración, por delegación de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración, definidos en la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2023, y cofinanciadas al 40 por 100 por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa FSE Plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de Inclusión Social, Objetivo específico h
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 3

tica Social por la que delega el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las competencias en materia de protectorado de fundaciones.
En virtud de cuanto antecede, vista la propuesta de resolución del órgano instructor y
de conformidad con el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones en la
Comunidad de Madrid y en el artículo 4.1.e) del Decreto 241/2023, de 20 de septiembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
RESUELVE
Primero
Conceder a las entidades que figuran relacionadas en el Anexo I de esta Resolución,
subvenciones por los conceptos y cuantías que en el mismo se indican.
Segundo

BOCM-20240104-21

Denegar la subvención solicitada a las entidades recogidas en el Anexo II de esta Resolución por las causas que en el mismo se indican.
Las entidades deberán justificar la subvención concedida en el plazo de dos meses desde la finalización de la ejecución del proyecto subvencionado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Orden 2261/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria
de dichas subvenciones para el año 2023.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, en los términos y plazos
establecidos en los artículos 123, 124, 125 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todos los plazos
deberán ser contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución.
Madrid, a 13 de diciembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, P. D. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), el Director General de Servicios
Sociales e Integración, Fernando Ignacio Ayres Janeiro.