Villamanta (BOCM-20240103-84)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 2

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84

VILLAMANTA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por decreto de Alcaldía número 682/23, de 18 de diciembre, se ha aprobado el siguiente:
CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE PARA EL EJERCICIO 2024
1. Impuestos
CONCEPTO

EJERCICIO ECONÓMICO

PLAZO COBRANZA

Impto. Vehículos Tracc. Mecánica

Año 2024

01 Mayo a 01 Julio

Imptos./Bienes
Inmueb.(Urbana)

Año 2024
(50% Importe Padrón)

15 Mayo al 31 de Julio

Imptos./Bienes
Inmueb. (Urbana)

Año 2024
(50% Importe Padrón)

16 Septiembre al 02 Diciembre

Imptos./Bienes
Inmeb. (Rústica)

Año 2024

16 Septiembre al 02 de Diciembre

Impto. Activid. Económicas

Año 2024

16 Septiembre a 02 de Diciembre

2. Tasas
CONCEPTO

EJERCICIO ECONÓMICO

PLAZO COBRANZA

Tasa Basura

Año 2024

01 Marzo a 30 Abril

Vados

Año 2024

01 Mayo a 01 Julio

BOCM-20240103-84

Lo que se publica para su general conocimiento y cumplimiento, haciéndose saber que
contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por
los interesados los siguientes recursos:
1.o De reposición ante esta Alcaldía, con carácter previo al recurso contenciosoadministrativo, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación
de este acto, según los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
de Régimen Local y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2.o Contra la resolución del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto, dentro del plazo de dos
meses contados a partir de la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición; en caso de silencio administrativo, dentro del plazo de seis meses a partir del vencimiento del plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación del recurso de reposición, de
conformidad con los artículos 8.1b), 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 14.2.ñ) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ya citada.
No obstante, y sin perjuicio de interponer directamente el recurso contencioso administrativo, se podrá ejercitar, por los interesados cualquier otra acción que estimen procedente.
En Villamanta, a 19 de diciembre de 2023.—El alcalde, Mariano Núñez Muñoz.
(01/21.390/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791