D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240102-24)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 5 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Centro Cultural y Deportivo Tajamar, S. A., para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+), curso 2023-2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea-NextGenerationEU (C21, I2)
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B.O.C.M. Núm. 1

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ENERO DE 2024

ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos
y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como las demás normas que resulten de aplicación.
6. El adjudicatario, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en relación con la identificación de los
contratistas y subcontratistas, proporcionará a la Administración la siguiente información:
a) NIF del contratista o subcontratistas.
b) Nombre o razón social.
c) Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
d) Documentos de aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que
es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
e) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
f) Acreditación del beneficiario de la inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en
el Censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la
actividad efectivamente desarrollada en la fecha de participación en el procedimiento de licitación.
7. Asimismo, será obligación del beneficiario/subcontratistas las que se enumeran a
continuación:
a) Respetar los principios de economía circular y evitar impactos negativos significativos en el medio ambiente (“DNSH” “do no significant harm”) en la ejecución
de las actuaciones previstas en el Programa. A este respecto, los centros concertados subvencionados al amparo del presente Convenio deberán cumplimentar una
declaración responsable de adecuación al principio “no causar perjuicio significativo” (principio “do no significant harm-DNSH”) el sentido establecido en el apartado 6) del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021, conforme al anexo XI.
b) Informar sobre cualesquiera otros fondos que contribuyan a la financiación de la
misma actividad que la que se regula en este convenio.
c) Deberán comprometerse a conceder los accesos necesarios para garantizar que la
Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de
Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales ejerzan sus competencias, en el sentido establecido en el apartado 2.e) del artículo 22 del RMRR y
el artículo 129 del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018).
d) Manifestar por escrito el compromiso de que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses y cumplir con todas las
medidas antifraude establecidas en la normativa europea, nacional y autonómica,
así como las contenidas en el Plan Antifraude de la Comunidad de Madrid.
e) Informar para las posibles sospechas de fraude, a través de los canales de comunicación establecidos para ello:
— Canal público de la IGAE para comunicar denuncias de comportamientos
fraudulentos. En dicho canal, puede participar toda la ciudadanía, así como
cualquier persona física o jurídica interviniente en la medida:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/paginas/ comunicacionsnca.aspx

— Portal de transparencia de la Comunidad de Madrid:
https://www.comunidad.madrid/transparencia/

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