D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240102-31)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 2 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundacion Vedruna Educacion, para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+), curso 2023-2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea-Next Generation EU (C21, I2)
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Página
BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 2 DE ENERO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 1

CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto instrumentar una subvención directa a Fundación Vedruna Educación (NIF G-87804688), que ostenta la titularidad del centro privado
concertado “Vedruna” (código 28014867), con la finalidad de desarrollar actuaciones para
la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad

BOCM-20240102-31

estudio, fue seleccionado para iniciar su participación en el Programa PROA+ 21-23 con el
desarrollo de las siguientes actividades palanca durante el curso 2021-2022:
— A 101 Evaluación de barreras.
— A 102 Formación de familias.
— A 103 Familias a la escuela, escuela de familias.
— A 202 Acompañando, mejoramos siempre: Transición de etapas.
— A 207 La mentoría escolar.
— A 213 Leemos en pareja.
— A 230 Actividades de refuerzo para la mejora y el éxito educativo para alumnado
y familias.
— A 234 Plan educativo de entorno. Talleres de estudio asistido y apoyo escolar
diversificado.
— A 302 Desarrollo de una cultura inclusiva de aprendizaje a través de un nuevo
modelo de orientación.
— A 304 Palabras que nos unen.
— A 307 Tod@s aprendemos con y desde la diversidad. Súmate a la transformación.
— A 502 Redes educativas.
— A 551 Plan de formación de centro.
— A 580 Creación de espacios inclusivos.
En el curso 2022-2023, siguiendo con la trayectoria del curso anterior, se desarrollaron
las palancas que se recogen a continuación:
— A 101 Evaluación de barreras.
— A 207 La mentoría escolar.
— A 209 Plan de acogida del alumnado inmigrante e integración al aula.
— A 230 Actividades de refuerzo para la mejora y éxito educativo para alumnado y
familias.
— A 301 Plan de acogida a alumnado y familias.
— A 501 Gestión del cambio.
— A 550 Plan de acogida del profesorado.
— A 580 Creación de espacios inclusivos.
Finalmente, para el curso 2023-2024 se pretende dar continuidad a las actividades palanca iniciadas en los dos cursos anteriores, mediante el avance y perfeccionamiento de las
actividades palanca que se recogen en el Anexo I.
XIV. La Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de
julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de
reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa
de Cooperación Territorial para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (programa PROA+), establece para el ejercicio 2023,
en el marco del componente 21 “Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación temprana de 0-3 años”, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
un crédito para la Comunidad de Madrid de 10.836.180,00 euros.
XV. Al objeto de dar apoyo a la continuidad de las iniciativas comenzadas, y teniendo en cuenta que el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha diseñado el desarrollo del Programa PROA+ durante tres anualidades (2021-2023), es necesaria la prolongación de las actuaciones del Programa hasta su total implantación en los centros educativos,
y conseguir el propósito último de mejora del éxito escolar y permanencia del alumnado en
centros con mayor porcentaje de alumnos en situación de vulnerabilidad educativa.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, con sujeción a las
siguientes,