Pozuelo de Alarcón (BOCM-20231230-25)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 310
SÁBADO 30 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
25
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se anuncia que el Pleno, en
sesión de 30 de noviembre de 2023, ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de crédito UGP/2023/53, de suplemento de crédito (39/2023) y la exposición al público del mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Elevado a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el plazo de información pública, se publica el resumido a nivel de capítulos afectados por dicha modificación.
PRESUPUESTO DE GASTOS
CRÉDITOS
TOTALES
CAPÍTULO
1
GASTOS DE PERSONAL
44.817.481,67
2
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
66.224.046,42
3
GASTOS FINANCIEROS
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
5
FONDO DE CONTINGENCIA
6
INVERSIONES REALES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIEROS
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00
MODIFICACIÓN
44.817.481,67
66.224.046,42
190.000,00
379.706,74
12.718.459,12
TOTAL GASTOS
CRÉDITOS
FINALES
569.706,74
12.718.459,12
75.000,00
75.000,00
24.699.078,43
24.699.078,43
2.582.705,51
2.582.705,51
78.280,17
78.280,17
0,00
151.385.051,32
379.706,74
151.764.758,10
MODIFICACIÓN
PREVISIONES
FINALES
PRESUPUESTO DE INGRESOS
1
IMPUESTOS DIRECTOS
66.427.231,00
66.427.231,00
2
IMPUESTOS INDIRECTOS
11.690.970,00
11.690.970,00
3
TASAS Y OTROS INGRESOS
19.640.043,95
19.640.043,95
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
13.146.259,00
13.146.259,00
5
INGRESOS PATRIMONIALES
4.306.235,00
4.306.235,00
6
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIEROS
31.633.837,94
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00
TOTAL INGRESOS
0,00
0,00
4.540.474,43
4.540.474,43
151.385.051,32
379.706,74
32.013.544,68
379.706,74
151.764.758,10
0,00
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación de la modificación presupuestaria.
Pozuelo de Alarcón, a 28 de diciembre de 2023.—El secretario general del Pleno,
Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/21.842/23)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20231230-25
PREVISIONES
DEFINITIVAS
CAPÍTULO
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Pág. 181
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
25
POZUELO DE ALARCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
En ejecución del acuerdo plenario correspondiente, a tenor de lo establecido en los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se anuncia que el Pleno, en
sesión de 30 de noviembre de 2023, ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de crédito UGP/2023/53, de suplemento de crédito (39/2023) y la exposición al público del mismo mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Elevado a definitivo al no haberse formulado reclamaciones en el plazo de información pública, se publica el resumido a nivel de capítulos afectados por dicha modificación.
PRESUPUESTO DE GASTOS
CRÉDITOS
TOTALES
CAPÍTULO
1
GASTOS DE PERSONAL
44.817.481,67
2
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
66.224.046,42
3
GASTOS FINANCIEROS
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
5
FONDO DE CONTINGENCIA
6
INVERSIONES REALES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIEROS
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00
MODIFICACIÓN
44.817.481,67
66.224.046,42
190.000,00
379.706,74
12.718.459,12
TOTAL GASTOS
CRÉDITOS
FINALES
569.706,74
12.718.459,12
75.000,00
75.000,00
24.699.078,43
24.699.078,43
2.582.705,51
2.582.705,51
78.280,17
78.280,17
0,00
151.385.051,32
379.706,74
151.764.758,10
MODIFICACIÓN
PREVISIONES
FINALES
PRESUPUESTO DE INGRESOS
1
IMPUESTOS DIRECTOS
66.427.231,00
66.427.231,00
2
IMPUESTOS INDIRECTOS
11.690.970,00
11.690.970,00
3
TASAS Y OTROS INGRESOS
19.640.043,95
19.640.043,95
4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
13.146.259,00
13.146.259,00
5
INGRESOS PATRIMONIALES
4.306.235,00
4.306.235,00
6
ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES
7
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
8
ACTIVOS FINANCIEROS
31.633.837,94
9
PASIVOS FINANCIEROS
0,00
TOTAL INGRESOS
0,00
0,00
4.540.474,43
4.540.474,43
151.385.051,32
379.706,74
32.013.544,68
379.706,74
151.764.758,10
0,00
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el
artículo 171 del mencionado Real Decreto Legislativo, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación de la modificación presupuestaria.
Pozuelo de Alarcón, a 28 de diciembre de 2023.—El secretario general del Pleno,
Gonzalo Cerrillo Cruz.
(03/21.842/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20231230-25
PREVISIONES
DEFINITIVAS
CAPÍTULO