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Convenio –  Adenda de 31 de octubre de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid y la Fundación del Toro de Lidia, para la puesta en marcha de la Fiesta del Toro de la Comunidad de Madrid, durante los años 2023 y 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 310

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 30 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 145

Segunda
Modificación de la cláusula quinta del convenio: Financiación
Se modifica la cláusula que queda redactada de la siguiente manera:
Cláusula quinta: Financiación.
La Comunidad de Madrid, a través del Centro de Asuntos Taurinos de la Consejería de
Presidencia, Justicia e Interior, participará con una aportación económica de 1.480.000 euros,
con el siguiente desglose:
— 780.000 euros, con cargo al programa presupuestario 334D Asuntos taurinos (partida 22809, “Otros convenios, conciertos y acuerdos”), del Presupuesto de Gastos
de 2023.
— 700.000 euros, con cargo al programa presupuestario 334D Asuntos taurinos (partida 22809, “Otros convenios, conciertos y acuerdos”), del Presupuesto de Gastos
de 2024.
Por su parte, la Fundación Toro de Lidia asumirá el compromiso económico de contribuir con la cantidad de 210.000 euros para cubrir el coste derivado de las obligaciones
contraídas a través del presente convenio.
De acuerdo con lo anterior, el compromiso económico total adoptado por ambas partes será de 1.690.000 euros, asumiendo la Fundación la financiación de aquellos gastos que
excedan de la aportación de la Comunidad de Madrid (1.480.000 euros) sin perjuicio de su
aportación de medios humanos y materiales previstos en la cláusula cuarta.
Tercera
Se modifica la cláusula que queda redactada de la siguiente manera:
Cláusula sexta: Justificación y pago.
La aportación de la Comunidad de Madrid establecida en la cláusula quinta se pagará
previa justificación documental por la Fundación de los gastos efectivamente realizados en
las actividades que son objeto del convenio, en los términos establecidos en la cláusula
cuarta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda 9 de la Comunidad de Madrid. Dicha justificación documental incluirá las facturas correspondientes a dichos gastos. La documentación justificativa de los gastos será comprobada y validada por la Comunidad de Madrid, a través del
Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid.
El pago de la aportación de la Comunidad de Madrid se realizará de forma semestral
dentro de cada anualidad, en los términos que se disponen a continuación:
a) La Fundación presentará antes del 1 de julio de 2023 una relación de las actividades ejecutadas y de los gastos efectivamente realizados durante el primer semestre de 2023, acompañada de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad
de Madrid procederá al pago de su aportación a los mismos.
b) La Fundación presentará antes del 30 de noviembre de 2023 una relación de las actividades ejecutadas y de los gastos efectivamente realizados en el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de noviembre, así como de los correspondientes al período anterior que no se hubiesen podido justificar a 1 de julio, acompañada
de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad de Madrid procederá al
pago de los gastos efectivamente realizados y justificados, hasta completar la anualidad correspondiente a 2023 establecida en la cláusula quinta, sin rebasar en ningún caso, la cantidad de 780.000 euros en esta anualidad.
c) La Fundación presentará antes del 1 de julio de 2024 una relación de las actividades realizadas y de los gastos efectivamente realizados en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024, así como de los correspondientes
al año 2023 que no se hubiesen podido justificar a 30 de noviembre de dicho año,
acompañada de las facturas correspondientes a éstos. La Comunidad de Madrid
procederá al pago de su aportación a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 57, apartado 2, de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la
Hacienda de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20231230-9

Modificación de la cláusula sexta del convenio: Justificación y pago