Bustarviejo (BOCM-20231229-25)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 309
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 1053
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
25
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de octubre de 2023,
acordó la aprobación inicial, sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que adquiere
carácter definitivo automáticamente la modificación de la ordenanza número 21, precio público por la utilización con fines publicitarios de los medios de titularidad municipal, cuyo
texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.
Queda redactada en los siguientes términos:
ORDENANZA NÚMERO 21, PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN
CON FINES PUBLICITARIOS DE LOS MEDIOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL
BOCM-20231229-25
Art. 5. Cuantía.—La cuantía de los derechos a percibir por el precio público será la
siguiente:
— Por cada página o fracción:
d Un cuarto de página: 46 euros.
d Media página: 91 euros.
d Una página: 151 euros.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
En Bustarviejo, a 18 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/21.173/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 309
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VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 1053
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
25
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de octubre de 2023,
acordó la aprobación inicial, sin que se hayan presentado alegaciones, por lo que adquiere
carácter definitivo automáticamente la modificación de la ordenanza número 21, precio público por la utilización con fines publicitarios de los medios de titularidad municipal, cuyo
texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo.
Queda redactada en los siguientes términos:
ORDENANZA NÚMERO 21, PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN
CON FINES PUBLICITARIOS DE LOS MEDIOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL
BOCM-20231229-25
Art. 5. Cuantía.—La cuantía de los derechos a percibir por el precio público será la
siguiente:
— Por cada página o fracción:
d Un cuarto de página: 46 euros.
d Media página: 91 euros.
d Una página: 151 euros.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
En Bustarviejo, a 18 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Tanausu Luis Perera.
(03/21.173/23)
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ISSN 1989-4791