Alcorcón (BOCM-20231229-21)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 309
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 1049
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
21
ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Con el fin de dar a conocer el calendario de cobro de los impuestos municipales de carácter periódico del año 2024 y facilitar, en consecuencia, la planificación de los ingresos y
el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, y estudiado el informepropuesta de la concejala-delegada de Hacienda y Contratación de 15 de diciembre de 2023.
Resultando: Que el calendario de cobro intenta armonizar las facilidades en el pago y
los necesarios flujos monetarios derivados de los ingresos tributarios, al mismo tiempo que
facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Resultando: Que, junto a las facilidades que el sistema especial de pago en seis plazos
(Aplaza 6) introduce en el pago de los tributos de carácter periódico a liquidar durante el
año 2024, el presente calendario representa, una vez más, el esfuerzo municipal para facilitar el pago de los tributos municipales.
Considerando: El artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 29 de la actual Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección
de los Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID del día 21 de diciembre de 2006.
VENGO EN DECRETAR
Primero.—La aprobación del calendario de cobro, abajo relacionado, de los tributos
municipales de carácter periódico del año 2024:
TRIBUTO
PLAZO
PERÍODO DE COBRO
FECHA CARGO EN CUENTA
RECIBOS DOMICILIADOS
I.V.T.M.
ÚNICO
01/04/24-31/05/24
31/05/24
I.B.I. N. URBANA
PRIMERO
01/06/24-01/08/24
28/06/24
I.B.I. N. RÚSTICA
ÚNICO
01/06/24-01/08/24
28/06/24
I.B.I. N. URBANA
SEGUNDO
01/10/24-02/12/24
29/11/24
I.A.E.
ÚNICO
01/10/24-02/12/24
29/11/24
TASA ENTRADA VEHÍCULOS
ÚNICO
01/10/24-02/12/24
29/11/24
Segundo.—La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID.
Tercero.—Para aquellos contribuyentes acogidos al Sistema Especial de Pagos (Aplaza 6) y, de conformidad con el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal de Gestión, Recaudación
e Inspección, las cinco primeras cuotas mensuales se cargarán en cuenta los días 5 desde el
mes de abril hasta el mes de agosto. En relación con la sexta y última cuota, que será cargada en cuenta el 5 de noviembre, su importe se determinará por el resultado de la diferencia entre lo pagado en las cinco primeras cuotas y lo que se hubiese pagado por el procedimiento o plazos ordinarios; aplicándose a esta última cuota el 5 % de bonificación
contemplada en el “Aplaza 6”.
En Alcorcón, a 15 de diciembre de 2023.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, doy fe a los efectos de su transcripción al Libro de Resoluciones, de
conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.—La alcaldesa (firmado).
(01/21.285/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20231229-21
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B.O.C.M. Núm. 309
VIERNES 29 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 1049
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
21
ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Con el fin de dar a conocer el calendario de cobro de los impuestos municipales de carácter periódico del año 2024 y facilitar, en consecuencia, la planificación de los ingresos y
el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, y estudiado el informepropuesta de la concejala-delegada de Hacienda y Contratación de 15 de diciembre de 2023.
Resultando: Que el calendario de cobro intenta armonizar las facilidades en el pago y
los necesarios flujos monetarios derivados de los ingresos tributarios, al mismo tiempo que
facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Resultando: Que, junto a las facilidades que el sistema especial de pago en seis plazos
(Aplaza 6) introduce en el pago de los tributos de carácter periódico a liquidar durante el
año 2024, el presente calendario representa, una vez más, el esfuerzo municipal para facilitar el pago de los tributos municipales.
Considerando: El artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y el artículo 29 de la actual Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección
de los Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID del día 21 de diciembre de 2006.
VENGO EN DECRETAR
Primero.—La aprobación del calendario de cobro, abajo relacionado, de los tributos
municipales de carácter periódico del año 2024:
TRIBUTO
PLAZO
PERÍODO DE COBRO
FECHA CARGO EN CUENTA
RECIBOS DOMICILIADOS
I.V.T.M.
ÚNICO
01/04/24-31/05/24
31/05/24
I.B.I. N. URBANA
PRIMERO
01/06/24-01/08/24
28/06/24
I.B.I. N. RÚSTICA
ÚNICO
01/06/24-01/08/24
28/06/24
I.B.I. N. URBANA
SEGUNDO
01/10/24-02/12/24
29/11/24
I.A.E.
ÚNICO
01/10/24-02/12/24
29/11/24
TASA ENTRADA VEHÍCULOS
ÚNICO
01/10/24-02/12/24
29/11/24
Segundo.—La inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIMADRID.
Tercero.—Para aquellos contribuyentes acogidos al Sistema Especial de Pagos (Aplaza 6) y, de conformidad con el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal de Gestión, Recaudación
e Inspección, las cinco primeras cuotas mensuales se cargarán en cuenta los días 5 desde el
mes de abril hasta el mes de agosto. En relación con la sexta y última cuota, que será cargada en cuenta el 5 de noviembre, su importe se determinará por el resultado de la diferencia entre lo pagado en las cinco primeras cuotas y lo que se hubiese pagado por el procedimiento o plazos ordinarios; aplicándose a esta última cuota el 5 % de bonificación
contemplada en el “Aplaza 6”.
En Alcorcón, a 15 de diciembre de 2023.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, doy fe a los efectos de su transcripción al Libro de Resoluciones, de
conformidad con lo previsto en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.—La alcaldesa (firmado).
(01/21.285/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20231229-21
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