Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20231228-85)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 308

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 421

— En las oficinas de asistencia en materia de registros.
— En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
5. Documentación a presentar:
— Modelo A de solicitud de subvención y declaración responsable.
— Anexo I: protocolo de seguridad.
Justificación del gasto
La justificación deberá presentarse por Registro y mediante las formas establecidas en
el art. 16.4 de la Ley 39/2015. Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos
de valor probatoria equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en documento original o fotocopia compulsada hasta el 15 de enero de 2024.
El pago se tramitará previa justificación de que se han realizado las actividades objeto
de la ayuda y previa presentación de la documentación que figura en el apartado siguiente.

1. Anexo II: Memoria de actuación justificativa.
2. Anexo III: Declaración Responsable de la entidad beneficiaria, según modelo adjunto.
3. Facturas justificativas: originales o fotocopias compulsadas. Las facturas se presentarán todas de una vez para poder informarlas favorablemente en el mismo acto
administrativo.
4. Anexo IV: Certificado expedido por la persona que ejerza el cargo de responsable
de Tesorería o Secretaría de la Asociación, acreditativo de que las facturas y pagos de las mismas, que se presentan como justificante se han destinado a la finalidad para la que se otorgó la subvención.
5. Anexo V: Memoria económica justificativa del gasto, según modelo: identificación del acreedor, número factura, fecha de emisión, importe total (si el importe
de la factura es en moneda extranjera, indicar su equivalente en euros).
6. Junto con cada documento de gasto que figure en la Memoria económica – (factura), deberá aportarse su correspondiente documento acreditativo del pago. En el
caso de justificar con gastos salariales, deberán aportar nóminas y pago de las mismas, modelo 111, RNT, RLC.
7. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
Una vez presentada la documentación, la Concejalía de Cultura y Fiestas realizará
un informe técnico donde conste la idoneidad del destino de los gastos detallados
en la Memoria Económica.
6. Cuantía.—5.400 euros.
La cuantía máxima a conceder a las entidades que soliciten ayuda para la compra de
material fungible y alquiler de material inventariable de los elementos necesarios que configuran la decoración, ambientación y equipamiento de las carrozas de cara a su participación en la Cabalgata de Reyes, será como máximo 2.000,00 euros, que estará vinculada al
número de entidades solicitantes, la disponibilidad de la partida asignada y los presupuestos de gasto presentados por las entidades.
La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto 2023, un importe máximo de 5.400,00 euros.
Las ayudas serán abonadas con posterioridad a la realización de la actividad y/o proyecto, previa justificación de las mismas mediante las facturas correspondientes.
Los conceptos subvencionables serán: material fungible necesario para el desarrollo de
la actividad, alquiler de material técnico (ejemplo: material de iluminación y sonido,…), alquiler de camión.
7. Período subvencionable.—Desde el 3 de octubre de 2023 al 9 de enero 2024.
Rivas-Vaciamadrid, a 14 de diciembre de 2023.—La alcaldesa, Aida Castillejo Parrilla.
(03/21.422/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20231228-85

Documentación justificativa a presentar