Villarejo de Salvanés (BOCM-20231228-97)
Régimen económico. Calendario fiscal
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 450

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 308

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
97

VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por resolución de Alcaldía número 2023-1264, de fecha 15 de diciembre de 2023, se
ha aprobado el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2024 cuya parte dispositiva
presenta el siguiente tenor literal:
Primero.—Aprobar el presente calendario fiscal para el ejercicio 2024 de acuerdo con
el siguiente detalle:
Calendario fiscal ejercicio 2024
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del 1 de marzo al 19 de mayo (domiciliados 19 de mayo).
— Tasa de vados, del 17 de abril al 30 de junio (domiciliados 30 de junio).
— Tasa de recogida de basuras, del 17 de mayo al 31 de julio (domiciliados 31 de julio).
— Impuesto sobre actividades económicas del 1 de septiembre al 25 de noviembre
(domiciliados 25 de noviembre)
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del 1 de septiembre al 30
de noviembre (domiciliados 30 de noviembre).
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica del 1 de septiembre al 30
de noviembre (domiciliados 30 de noviembre).
Recibos domiciliados se cobran el último día del periodo de voluntaria.
Sistema Especial de Pago (pago fácil) de conformidad con el artículo 5 de la ordenanza
general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales y fianzas y
depósitos fraccionado en 4 plazos con una bonificación del 4 % a aplicar en la última cuota:
— Primer plazo: 15 de marzo.
— Segundo plazo: 15 de junio.
— Tercer plazo: 15 de septiembre.
— Cuarto plazo (regularización): 30 de octubre.
Este sistema de pagos no supone recargos ni intereses, conlleva una bonificación del 4 %
y la obligación de domiciliación por parte del contribuyente, para importes de deuda superiores a 100 euros.
Dicha solicitud de bonificación deberá presentarse antes del 31 de diciembre de 2023
para que surta efectos, en el registro general del Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés.
Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los
quince días anteriores a la fecha de inicio de periodo voluntario. Contra las liquidaciones
contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contenciosoadministrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del
plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).
Finalizado el periodo voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

La recaudación de los tributos y tasas municipales de cobro periódico, de notificación
colectiva gestionados por padrón, así como las liquidaciones, autoliquidaciones, y la modalidad 2 C60 (cartas de pago), se realizará a través de las siguientes entidades financieras colaboradoras: “Banco Santander”, “CaixaBank”, y “Eurocaja Rural”.

BOCM-20231228-97

Modalidad de cobro