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Vías pecuarias –  Resolución de 13 de diciembre de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de Valdetorres, tramo 2, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para ejecución de acometida de agua en el camino de Valdetorres, número 30, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
42

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2023, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a
la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de Valdetorres,
tramo 2, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para ejecución de
acometida de agua en el camino de Valdetorres, número 30, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.

Examinado el expediente 0631/23 de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada de
Valdetorres, tramo 2, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, se desprenden
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/935525.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Colada de Valdetorres, tramo 2, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para ejecución de acometida de agua en el camino de Valdetorres, número 30, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A., M. P.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid, y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0631/23, de referencia.
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad
de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
DE

Tercero
Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante
la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias o en
cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

BOCM-20231227-42

Segundo