Villavieja del Lozoya (BOCM-20231227-106)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 378
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
106
VILLAVIEJA DEL LOZOYA
OFERTAS DE EMPLEO
Mediante resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo
Público adicional para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del
artículo 217 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, correspondiente a la/s plaza/s que
a continuación se reseñan:
PERSONAL FUNCIONARIO
DENOMINACIÓN
GRUPO/
SUBGRUPO
NIVEL
Técnico de gestión de Asuntos Generales (CP06)
A2
24
ESCALA
SUBESCALA
Administración General
VACANTES
Técnica
1
PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN
Educador Infantil (CP01)
Oficial de Servicios Múltiples (CP04)
GRUPO DE CLASIFICACIÓN
NIVEL
VACANTES
B
15
2
C2
12
1
BOCM-20231227-106
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora
de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si
se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera
estimar más conveniente a su derecho.
Villavieja del Lozoya, a 22 de diciembre de 2023.—La alcaldesa, Aránzazu Reguera
Carretero.
(03/21.619/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
106
VILLAVIEJA DEL LOZOYA
OFERTAS DE EMPLEO
Mediante resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento se aprobó la Oferta de Empleo
Público adicional para la estabilización de empleo temporal, que cumple las previsiones del
artículo 217 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, correspondiente a la/s plaza/s que
a continuación se reseñan:
PERSONAL FUNCIONARIO
DENOMINACIÓN
GRUPO/
SUBGRUPO
NIVEL
Técnico de gestión de Asuntos Generales (CP06)
A2
24
ESCALA
SUBESCALA
Administración General
VACANTES
Técnica
1
PERSONAL LABORAL
DENOMINACIÓN
Educador Infantil (CP01)
Oficial de Servicios Múltiples (CP04)
GRUPO DE CLASIFICACIÓN
NIVEL
VACANTES
B
15
2
C2
12
1
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En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora
de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Villavieja del Lozoya, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde
el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si
se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera
estimar más conveniente a su derecho.
Villavieja del Lozoya, a 22 de diciembre de 2023.—La alcaldesa, Aránzazu Reguera
Carretero.
(03/21.619/23)
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ISSN 1989-4791