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Convenio –  Convenio de colaboración de 26 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la mejora del servicio de ayuda a domicilio para la atención a las personas en situación de dependencia del municipio de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 307

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
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CONVENIO de colaboración de 26 de diciembre de 2023, entre la Comunidad
de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la mejora del servicio de ayuda a
domicilio para la atención a las personas en situación de dependencia del municipio de Madrid.
En Madrid, a 26 de diciembre de 2023
REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Isabel Natividad Díaz Ayuso, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Real Decreto 542/2023, de 22 de junio, en virtud de las
facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, el artículo 7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid, elegido por
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 17 de junio de 2023 y que actúa en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid y que suscribe este Convenio en atención
a su especial relevancia institucional en virtud del apartado 3.1.8, del Acuerdo de la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio de Colaboración
entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la atención a las personas en situación de dependencia.

1.o El sistema público de servicios sociales de la Comunidad de Madrid, regulado en la
Ley 12/2022, de 21 de diciembre, establece un marco de colaboración y complementariedad entre los niveles de atención social primaria y atención social especializada que se fundamenta en
los principios de universalidad en su disponibilidad y accesibilidad y globalidad en cuanto a la
atención integral de las personas y coordinación entre las administraciones implicadas.
2.o La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y
atención a las personas en situación de dependencia, introduce en el marco del sistema de
protección social de servicios sociales, de acuerdo con su exposición de motivos, un nuevo
desarrollo que amplía su acción protectora mediante la garantía del uso del derecho subjetivo y la universalización de sus actuaciones, que se lleva a cabo mediante la responsabilidad directa de las Comunidades Autónomas en su planificación y ejecución y la colaboración y participación de los entes locales.
3.o La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, vienen realizando una
importante labor de colaboración y coordinación interadministrativa, cuya finalidad común
es garantizar la atención a las personas en situación de dependencia a través de servicios
prestados por ambas administraciones, articulándose dicha colaboración en los últimos
años mediante Convenios de Colaboración suscritos desde el año 2014, estando en vigor
actualmente el firmado el 29 de diciembre de 2020, prorrogado hasta el 31 de diciembre
de 2023, de acuerdo con lo establecido en su cláusula vigésimo primera, y el firmado con
fecha 16 de diciembre de 2021 en el marco del Acuerdo del Gobierno de España sobre el
“Plan de Choque Dependencia 2021-2023”, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
La colaboración interadministrativa obedece a la singularidad del municipio de Madrid y al
impacto que supone el número de personas dependientes en dicho municipio frente al nú-

BOCM-20231227-46

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