C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231227-21)
Bases subvenciones –  Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

La entidad ha realizado el plan de prevención de riesgos laborales según el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

9. Declaraciones responsables:
En relación con la actividad subvencionada en la presente Orden, declara que:

‫ڧ‬

No ha presentado solicitud a otras
ayudas hasta el día de la fecha

Organismo púbico
/ entidad privada

‫ڧ‬

Línea de ayuda

Sí ha presentado solicitud, pero no
ha obtenido otras ayudas hasta el
día de la fecha

‫ڧ‬

Cuantía subvención
solicitada

Sí ha obtenido otras ayudas en los
siguientes organismos hasta el día
de la fecha*

Cuantía subvención
concedida

Fecha de solicitud
o concesión

No existe sobrefinanciación por acumulación de ayudas o subvenciones de carácter público o privado para ninguno de los costes
del proyecto.
La entidad se compromete a comunicar cuantas solicitudes de subvención, relacionadas con la actividad subvencionada en la
presente Orden, tramite en cualquier organismo público o privado, a partir de la fecha de hoy.
* En caso de haber obtenido alguna subvención deberá aportarse Resolución de concesión de la misma
En ……………………………………., a…..…..... de……..…………..… de…………

FIRMA

Puede consultar la información
referida al deber de información de protección de datos personales en las páginas siguientes

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Igualdad / Subdirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres.

BOCM-20231227-21

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