C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231227-21)
Bases subvenciones –  Orden 3898/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de proyectos de atención integral a mujeres en situación de vulnerabilidad, cofinanciadas al 40 % por el Programa FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid, y se realiza la convocatoria para 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 307

DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A LA SOLICITUD



Último pago del IAE

La Comunidad de Madrid consultará por medios electrónicos los datos de los siguientes documentos en la fase del
procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable*.
Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante

DNI/NIE del representante legal de la entidad

Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social

(*) De conformidad con el art. 28.2 Ley 39/2015, puede oponerse a la consulta por motivos que deberá justificar, en
cuyo caso será necesario que aporte la documentación a cuya consulta se opone. Todo ello sin perjuicio de la potestad
de verificación de la Administración.

□ Me opongo a la consulta de los siguientes datos por los motivos que se expresan a continuación:

6.- Datos tributarios:

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos
de los siguientes documentos si lo autoriza expresamente. De lo contrario,
deberá aportarlos al procedimiento.

Autorizo la
consulta

No autorizo la
consulta y aporto
el documento

Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria (AEAT) (*)

{

{

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) (*)

{

{

De conformidad con el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad
de Madrid, el certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano
gestor.

BOCM-20231227-21

(*) En la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable.