Quijorna (BOCM-20231226-67)
Urbanismo. Proyecto reparcelación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 306

BOCM-20231226-67

de 4,96 m2 edificables, en la cesión del 10 por 100 del aprovechamiento lucrativo que corresponde al Ayuntamiento, que asciende a la cantidad de 2.050,71 euros.
Quinto.—Una vez firme en vía Administrativa el presente acuerdo, procédase a la formalización del proyecto de reparcelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 6,
del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, y a continuación dar traslado de la misma al Registro de la Propiedad para su inscripción.
Sexto.—La Junta de Compensación está obligada a realizar, en el plazo de dos meses
desde la formalización del proyecto de reparcelación, la declaración de alta en el Catastro
de las parcelas incluidas en el ámbito conforme a dicho proyecto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13, del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado
por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, y artículo 28 del Real Decreto 417/2006,
de 7 de abril, por el que se desarrolla.
Séptimo.—Notifíquese la presente resolución a los propietarios y demás personas que
aparezcan como interesados en el expediente, con indicación de que, contra la presente
resolución que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses contados ambos, desde el día siguiente al de su notificación o publicación, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que
estime procedente, de conformidad con la legislación vigente».
Quijorna, a 29 de diciembre de 2023.—El alcalde, Juan Carlos Pérez Carrasco.
(02/20.284/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791