Villarejo de Salvanés (BOCM-20231226-77)
Régimen económico. Ordenanza subvenciones
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BOCM
Pág. 368
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 306
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231226-77
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de subvenciones, por acuerdo del Pleno, de 1 de diciembre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://villarejodesalvanes.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Villarejo de Salvanés, a 12 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz
Raboso.
(03/20.710/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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77
VILLAREJO DE SALVANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231226-77
Aprobada inicialmente la ordenanza municipal reguladora de subvenciones, por acuerdo del Pleno, de 1 de diciembre de 2023, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://villarejodesalvanes.sedelectronica.es ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
Villarejo de Salvanés, a 12 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Jesús Díaz
Raboso.
(03/20.710/23)
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