C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231226-11)
Personal control espectáculos públicos – Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad, por la que se aprueba y se hace público el listado definitivo de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 306
2. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no presenten los documentos señalados en el punto segundo de esta Resolución, salvo en los casos que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la
corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador.
Cuarto
BOCM-20231226-11
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la presente notificación, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 44.2.d) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 1 de diciembre de 2023.—El Director General de Seguridad, Luis Miguel González Morato.
(03/20.836/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 306
2. No se permitirá el acceso a examen a los aspirantes que no presenten los documentos señalados en el punto segundo de esta Resolución, salvo en los casos que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la
corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador.
Cuarto
BOCM-20231226-11
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la presente notificación, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 44.2.d) de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 1 de diciembre de 2023.—El Director General de Seguridad, Luis Miguel González Morato.
(03/20.836/23)
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ISSN 1989-4791