C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231226-12)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 1836/2023, de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, cofinanciadas por el fondo agrícola de desarrollo rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 306

MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
12

EXTRACTO de la Orden 1836/2023, de 14 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, cofinanciadas por el fondo agrícola de desarrollo
rural (FEADER) y la Administración General del Estado, en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el programa agroambiental 2024-2028.
BDNS (733447)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a), de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y
Ayudas Públicas ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web de la Comunidad de Madrid ( http://www.madrid.org ).
Primero
Objeto y finalidad
1. Se convoca el programa agroambiental 2024-2028 de ayudas para el fomento de la
agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias, en el marco de la Intervención 6501.5. “Compromisos agroambientales en superficies agrarias. Protección de la avifauna” del PEPAC de España para el período 2023-2027, aprobado por Decisión de Ejecución de
la Comisión C (2022) 6017, de 31 de agosto de 2022, de conformidad con lo establecido en el
Título I de la presente orden, que establece las bases reguladoras de dichas ayudas .
2. La finalidad principal de estas ayudas es la mejora agrícola para compatibilizar la
conservación de las poblaciones de diversas especies de aves esteparias amenazadas, en
particular avutarda común (Otis tarda), sisón común (Tetrax tetrax), aguiluchos cenizo
(Circus pygargus), pálido (C. cyaneus) y lagunero occidental (C. aeruginosus), gangas ortega (Pterocles orientalis) e ibérica (P. alchata), además de otras especies esteparias de interés comunitario, como bisbita campestre (Anthus campestris), alcaraván común (Burhinus oedicnemus), carraca europea (Coracias garrulus), cernícalo primilla (Falco naumanni)
y cogujada montesina (Galerida theklae), con la explotación agrícola de la Comunidad de
Madrid en aquellas superficies que constituyen el hábitat de estas especies.
Segundo
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las persona físicas o jurídicas, o los grupos de personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de herederos, sociedades civiles sin objeto mercantil y explotaciones en
régimen de titularidad compartida.
2. Los beneficiarios de estas ayudas deben cumplir las siguientes condiciones establecidas en el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre:
a) Ser agricultor.
b) Titular de explotación agraria en la Comunidad de Madrid.
c) Ejercer una actividad agraria.
3. No podrán ser beneficiarios de las ayudas:
a) La Administración General del Estado, ni los entes públicos o las sociedades mercantiles dependientes de la Administración General del Estado.
b) Quienes tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de
Madrid, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas, en los térmi-

BOCM-20231226-12

Beneficiarios