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Vías pecuarias –  Resolución de 28 de noviembre de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública, relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada del abrevadero del arroyo Viñuelas, en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, para ejecución de acometida de gas natural en la avenida de los Quiñones, número 2, locales 1 y 2, por la avenida de Tenerife, actuación promovida por Madrileña Red de Gas, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2023, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública, relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada del
abrevadero del arroyo Viñuelas, en el término municipal de San Sebastián de los
Reyes, para ejecución de acometida de gas natural en la avenida de los Quiñones, número 2, locales 1 y 2, por la avenida de Tenerife, actuación promovida
por Madrileña Red de Gas, S. A.

Examinado el expediente 0839/23, de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada
del abrevadero del arroyo Viñuelas, en el término municipal de San Sebastián de los Reyes,
se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/937948.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Colada del abrevadero del arroyo Viñuelas
en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, para ejecución de acometida de gas
natural en la avenida de los Quiñones, número 2, locales 1 y 2, por la avenida de Tenerife,
actuación promovida por Madrileña Red de Gas, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.—La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías
pecuarias existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la
legislación básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo.—Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Primero.—Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, el proyecto de ocupación del expediente 0839/23, de referencia.
Segundo.—Una vez publicada la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de
la Comunidad de Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia
Tercero.—Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en estas dependencias
o en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 28 de noviembre de 2023.—El Subdirector General de Producción Agroalimentaria, P. D. F. del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, (Resolución de 18 de noviembre de 2021), Jesús Carpintero Hervás.
(02/20.041/23)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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