Alcobendas (BOCM-20231222-64)
Urbanismo. Estudio detalle
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

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razón de los intereses por ellos gestionados, deban ser emitidos durante el período de información pública.
En todo caso, debe advertirse que el Estudio de Detalle debe tramitarse conjunta o simultáneamente con el Proyecto de Reparcelación y su aprobación definitiva quedará condicionada a que, a su vez, de forma previa o simultánea, sea aprobado definitivamente el Proyecto de
Reparcelación del Sector en curso de tramitación, toda vez que la ordenación contenida en dicho Estudio de Detalle afecta a la parcela resultante RU-01 de dicho Proyecto.
Debe señalarse, también, que, en el presente caso, tal y como se señala en el informe
técnico, no se hace preciso solicitar informe de la Dirección General de Aviación Civil, toda
vez que el Plan Parcial del que trae causa el Estudio de Detalle presentado fue informado
favorablemente con fecha 15 de julio de 2015 por la mencionada Dirección General y, además, el Estudio de Detalle no modifica las determinaciones contenidas en el Plan Parcial
informado, por lo que no concurre el supuesto de hecho que hace necesaria la solicitud del
citado informe.
Tampoco es necesaria la evaluación ambiental estratégica por estar excluidos expresamente los Estudios de Detalle de dicho procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 10 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y Modernización de la Administración de la Comunidad de
Madrid (conocida como “Ley Omnibus”), siguiendo la doctrina establecida por el Tribunal
Constitucional en su sentencia 123/2021, de 3 de junio y por el Tribunal Supremo en su sentencia 1050/2021, de 19 de julio (recurso casación 1006/2020).
Finalmente, el órgano competente para la adopción del acuerdo de aprobación inicial
es la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 127.1 d) de la LBRL.
A la vista de cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.1.d)
de la LBRL, se propone a la Junta de Gobierno Local para que este órgano adopte, si procede, el siguiente,

1. Admitir a trámite y, en consecuencia, aprobar inicialmente el Estudio de Detalle
presentado por la Junta de Compensación del Sector S-1 del Plan General de Ordenación
Urbana de Alcobendas que tiene por objeto la ordenación de volúmenes, la definición de
alineaciones y rasantes, así como la definición de los viarios interiores y espacios libres interiores de la manzana RU-1 del Plan Parcial del Sector correspondiente a la parcela resultante RU-01 del Proyecto de Reparcelación de dicho Sector.
2. Someter el expediente a información pública por plazo de veinte días, mediante
anuncios que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
(BOCM) y en un diario de los de mayor circulación en la Comunidad autónoma, así como
disponer la publicación por medios telemáticos, conforme a lo dispuesto en el artículo 70
ter de la Ley de Bases de Régimen Local. Durante dicho plazo podrá ser examinado el expediente y formularse las alegaciones que se estimen pertinentes.
3. Solicitar, en su caso, de los organismos y entidades que por razón de los intereses
cuya competencia les corresponda gestionar, la emisión, durante el período de información
pública, de los informes que resulten pertinentes.
4. Notificar individualmente el presente acuerdo tanto a la Junta de Compensación
proponente del Estudio de Detalle como a los propietarios e interesados que resulten afectados por el mismo.
5. La aprobación definitiva del Estudio de Detalle quedará condicionada a que, a su
vez, de forma previa o simultánea, sea aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación del Sector en curso de tramitación al afectar a la parcela resultante RU-01 de dicho
Proyecto».
Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las
mañanas de los días hábiles, durante el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente
a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta) y a través de la web municipal: www.alcobendas.org , así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el
Registro General de la Corporación o en su registro electrónico, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.
Alcobendas, a 4 de diciembre de 2023.—La alcaldesa, Rocío García Alcántara.
(02/20.656/23)
http://www.bocm.es

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