C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231222-20)
Instrucciones centros educativos –  Resolución conjunta de 4 de diciembre de 2023, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, sobre la información a las familias que deben contener las páginas web de los centros educativos de la Comunidad de Madrid, en cumplimiento de la Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 94

VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 304

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
20

RESOLUCIÓN conjunta de 4 de diciembre de 2023, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, sobre la información a las familias
que deben contener las páginas web de los centros educativos de la Comunidad
de Madrid, en cumplimiento de la Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección
de centro escolar en la Comunidad de Madrid, en su artículo 7, relativo a la información a
las familias, establece con detalle, en sus apartados 1 y 2, la información que ha de estar a
disposición de las mismas de forma fácilmente accesible.
La Ley 1/2022, de 10 de febrero, Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid, ha especificado con mayor detalle la información que los centros educativos deben facilitar a las familias. En concreto, señala su artículo 5 que la libertad de
elección de centros docentes sostenidos con fondos públicos se fundamenta, entre otros, en
los principios y derechos de transparencia informativa y de publicación de los resultados de
los centros y establece los contenidos e informaciones que, para permitir el pleno ejercicio
del derecho a las familias a elegir la educación de sus hijos con libertad y responsabilidad,
cada centro educativo deberá publicar en su página web. Entre ellos, se incluyen la oferta
educativa, las actividades complementarias, extraescolares y los resultados obtenidos por
cada centro en todas las pruebas generales en las que participen sus alumnos, especialmente en las pruebas externas. Por su parte, el artículo 12 de la misma Ley 1/2022, de 10 de febrero, establece otros contenidos que también deben hacer públicos los centros educativos.
En consecuencia, con la finalidad de que las páginas web de los centros educativos
ofrezcan los contenidos e informaciones preceptuados en la Ley 1/2022, de 10 de febrero, se
dictan las siguientes instrucciones.
1. Ámbito de aplicación
Estas instrucciones serán de aplicación en los centros educativos en aquellas etapas
sostenidas con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
2. Contenidos obligatorios que deben incluir las páginas web de los centros

— Oferta educativa: enseñanzas, etapas y niveles; modalidades, turnos e itinerarios
formativos.
— Ideario del centro, en el caso de los centros de titularidad privada.
— Servicios complementarios que prestan.
— Programas y proyectos educativos que se desarrollan en el centro.
— Líneas básicas del Proyecto Educativo, entre las que se incluya el carácter propio
del centro.
— Normas de organización y funcionamiento.
— Teléfonos y correos de contacto de la dirección y la administración del centro.
— Listado y precio de todas las actividades complementarias, extraescolares y servicios complementarios que se hayan llevado a cabo en el centro el curso anterior,
y de las que estén previstas para el nuevo curso.

BOCM-20231222-20

Las páginas web de los centros educativos de la Comunidad de Madrid sostenidos con
fondos públicos, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1/2022, de 10 de febrero,
Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid, deberán disponer
de un apartado, en una zona pública y visible desde la página de inicio, con la denominación “Información a las familias”, en el que, independientemente de que se hallen ubicados
también en otros lugares de la página web, deberán figurar de forma fácilmente accesible
los siguientes contenidos: