C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231222-25)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 887/2023, de 3 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión de la ayuda complementaria a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid y se declara el importe del crédito presupuestario disponible para financiar las pólizas suscritas entre el 1 de octubre de 2023 y el 31 de octubre de 2024 así como posibles regularizaciones de pólizas vigentes
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 304
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 111
— Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
— Plan de Seguros Agrarios Combinados que se apruebe cada año.
— Convenio suscrito con ENESA de 29 de octubre de 2021.
— Convenio de colaboración suscrito entre la Agrupación Española de Entidades
Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S. A. (Agroseguro), y la Comunidad de Madrid, para la gestión de estas ayudas de 2 de julio de 2021.
Quinto
Cuantía y financiación de las ayudas
La cuantía de la ayuda a conceder por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior consistirá en un porcentaje sobre el recibo de prima de la póliza inicial y sus posteriores modificaciones.
1.1. Seguros para producciones agrícolas y forestales:
1.2.
Línea 307
Hortalizas aire libre otoño-invierno Península y Baleares
Línea 309
Cultivos herbáceos extensivos
Línea 312
Uva vinificación en Península y Baleares
Línea 314
Seguro de explotaciones olivareras
Línea 315
Seguro de explotaciones cultivos forrajeros
Línea 318
Hortalizas aire libre primavera-verano Península y Baleares
Línea 319
Explotaciones forestales
Línea 330
Explotaciones de ajo al aire libre en la Península y en la C.A. de Illes Balears
Seguros para producciones ganaderas:
Línea 401
Explotación vacuno reproducción y producción
Línea 402
Explotación ganado vacuno cebo
Línea 403
Explotación ganado vacuno lidia
Línea 404
Explotación ganado ovino y caprino
Línea 407
Explotación aviar de puesta
Línea 410
Compensación por pérdida de pastos
Línea 415
Retirada y Destrucción animales muertos en la explotación
Estas ayudas se concederán con cargo al subconcepto 47399 “A otras empresas privadas” del Programa 411A del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de
Madrid, repartido de la siguiente forma:
Pólizas suscritas entre el 1 de enero de 2024 y 31 octubre 2024
2023
2024
0€
560.000 €
En el supuesto de que se agote el crédito presupuestario disponible para atender las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos, podrá ser ampliado en función de la disponibilidad presupuestaria mediante la correspondiente orden de ampliación
de créditos presupuestarios disponibles.
Sexto
La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado, en
su nombre, y formalizada con entidades o agentes autorizados integrados en Agroseguro, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los
períodos de suscripción establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y se encuentre correctamente cumplimentada o haya sido subsanada, en su caso, por Agroseguro, tanto en lo que se refiere a elementos del contrato de acuerdo con lo previsto en la nor-
BOCM-20231222-25
Información complementaria
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 304
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 111
— Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario.
— Plan de Seguros Agrarios Combinados que se apruebe cada año.
— Convenio suscrito con ENESA de 29 de octubre de 2021.
— Convenio de colaboración suscrito entre la Agrupación Española de Entidades
Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S. A. (Agroseguro), y la Comunidad de Madrid, para la gestión de estas ayudas de 2 de julio de 2021.
Quinto
Cuantía y financiación de las ayudas
La cuantía de la ayuda a conceder por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura
e Interior consistirá en un porcentaje sobre el recibo de prima de la póliza inicial y sus posteriores modificaciones.
1.1. Seguros para producciones agrícolas y forestales:
1.2.
Línea 307
Hortalizas aire libre otoño-invierno Península y Baleares
Línea 309
Cultivos herbáceos extensivos
Línea 312
Uva vinificación en Península y Baleares
Línea 314
Seguro de explotaciones olivareras
Línea 315
Seguro de explotaciones cultivos forrajeros
Línea 318
Hortalizas aire libre primavera-verano Península y Baleares
Línea 319
Explotaciones forestales
Línea 330
Explotaciones de ajo al aire libre en la Península y en la C.A. de Illes Balears
Seguros para producciones ganaderas:
Línea 401
Explotación vacuno reproducción y producción
Línea 402
Explotación ganado vacuno cebo
Línea 403
Explotación ganado vacuno lidia
Línea 404
Explotación ganado ovino y caprino
Línea 407
Explotación aviar de puesta
Línea 410
Compensación por pérdida de pastos
Línea 415
Retirada y Destrucción animales muertos en la explotación
Estas ayudas se concederán con cargo al subconcepto 47399 “A otras empresas privadas” del Programa 411A del correspondiente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de
Madrid, repartido de la siguiente forma:
Pólizas suscritas entre el 1 de enero de 2024 y 31 octubre 2024
2023
2024
0€
560.000 €
En el supuesto de que se agote el crédito presupuestario disponible para atender las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos, podrá ser ampliado en función de la disponibilidad presupuestaria mediante la correspondiente orden de ampliación
de créditos presupuestarios disponibles.
Sexto
La formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado, en
su nombre, y formalizada con entidades o agentes autorizados integrados en Agroseguro, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se realice dentro de los
períodos de suscripción establecidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y se encuentre correctamente cumplimentada o haya sido subsanada, en su caso, por Agroseguro, tanto en lo que se refiere a elementos del contrato de acuerdo con lo previsto en la nor-
BOCM-20231222-25
Información complementaria