D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231222-56)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para articular la atención a personas mayores en el Centro de Día Torrejón de Ardoz
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 304

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

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El usuario/a deberá aportar el coste del servicio de comedor mientras se encuentre
dado de alta en el mismo, a excepción de enfermedad debidamente justificada mediante informe médico (al centro de día).
Durante los períodos de vacaciones o ausencias permitidas (45 días al año), así como
las ausencias temporales debidamente justificadas, no se cobrará el servicio de comedor a
los usuarios. Las ausencias deberán ser comunicadas al centro con la debida antelación. El
Reglamento de Régimen Interno fijará el plazo en el que se deberán comunicar al centro de
día las ausencias mencionadas.

El centro de día garantizará, al menos, los siguientes servicios, programas y prestaciones
y aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.
Todos estos servicios, programas y prestaciones se realizarán conforme a los requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del centro su cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los servicios por parte de
los técnicos y resto de personal de la Consejería:
1. Manutención y estancia diurna.
2. Apoyo y cuidado personal del usuario desde los principios de seguridad, flexibilidad y accesibilidad.
3. Atención gerontológica, de habilitación funcional y atención social.
4. Transporte adaptado.
5. Otros servicios.
6. Servicio de Atención telemática.
El modelo de Atención Centrado en la Persona (ACP) será la referencia básica de trabajo en estos centros. Este modelo se aleja de otros modelos de cuidados donde la atención
viene determinada por procedimientos uniformes derivados de necesidades asociadas a clasificaciones de enfermedades y grados de dependencia y por condicionantes organizativos.
Implica, en primer lugar, una visión de las personas mayores que parte del reconocimiento
de su valor y singularidad, que fija su mirada en las capacidades, frente a los déficits, y que
apoya la autodeterminación de las personas. Es un modelo de atención que busca y prioriza la calidad de vida de las personas mayores que precisan cuidados.
La prestación del servicio y sus objetivos se realizará, pues, conforme a este modelo
de atención, buscando cuidar de forma que las personas puedan seguir teniendo control en
su entorno, en sus cuidados y en su vida cotidiana, desarrollando sus capacidades y sintiéndose bien, priorizando conceptos como la autodeterminación, las relaciones personales, la
inclusión social, así como las expectativas y deseos de las personas.
El funcionamiento del centro de día será de lunes a viernes, en días laborables, durante todo el año, con un horario de actividad comprendido entre las 8:00 y las 18:30 horas, si
bien los usuarios que no hagan uso del servicio de transporte podrán acceder al centro entre las 8:00 y las 11:00 horas y salir entre las 17:00 y las 18:30 horas, previa comunicación
al centro con la suficiente antelación.
1. Manutención y estancia diurna:
a) Manutención:
Los menús se adaptarán a los problemas de salud, siguiendo las líneas de la Atención
Centrada en la Persona, respetando en lo posible los gustos y las razones religiosas o de otra
índole que así lo requieran, en todo caso cumpliendo las siguientes condiciones básicas:
1.o Se servirán tres comidas (desayuno, comida y merienda).
2.o Los menús deberán ser supervisados y suscritos por un médico o nutricionista,
debiendo garantizar la cantidad, calidad, el aporte calórico y dietético adecuado distribuido
en las distintas tomas a lo largo del día, en relación con el valor calórico total, así como que
las proporciones de los alimentos sean los adecuados para garantizar la calidad. Los menús
deberán ser variados en todas las tomas, con una presentación atractiva, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, las preferencias, la época del año y las costumbres culinarias
predominantes de los usuarios.
La indicación a cada usuario de un menú debe ser realizada por un médico o nutricionista y consensuado con el propio usuario o su familia, respetando en lo posible los deseos,
hábitos y costumbres del usuario.
Se procurará un ambiente adecuado y cómodo a los usuarios y se asegurará el tiempo
suficiente para comer.

BOCM-20231222-56

C) Servicios básicos incluidos en la prestación de atención en centro de día