D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231222-49)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 304

— Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres 30.595,32 euros: La aportación de la Comunidad de Madrid irá con cargo a
la Partida 46200, del Programa 232B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Las actuaciones del Programa de promoción de la igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres serán cofinanciadas en un 40 % por el Programa Operativo
FSE+ 2021-2027 de la Comunidad de Madrid. La aceptación de esta financiación
implica la aceptación de su inclusión como beneficiario en la lista de operaciones
publicada de conformidad con el artículo 49 del Reglamento (UE) N.o 2021/1060,
del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 de disposiciones comunes.
El Ayuntamiento de Boadilla del Monte aportará la cantidad de 7.283,77 euros.
El desglose de los conceptos financiados y la participación de cada una de las Administraciones firmantes figuran detallados en cada uno de los citados Anexos I y II.
En todo caso, las cuantías reseñadas en cada uno de los Anexos se entenderán limitativas, no permitiéndose, en ningún caso, el trasvase presupuestario entre los Programas de
este Convenio: Programa contra la violencia de género y Programa de promoción de la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Cuarta
Forma de pago. Justificación de gastos y pagos con cargo al convenio

Quinta
Coordinación y apoyo técnico
Para la consecución de los fines objeto del presente Convenio, la Consejería competente en materia de mujer se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) El diseño, supervisión y seguimiento de los programas, proyectos, actuaciones y
servicios contemplados en los diferentes Anexos I y II que componen el presente
Convenio.

BOCM-20231222-49

El abono de las cantidades correspondientes a la Consejería competente en materia de
mujer, se realizará de acuerdo con las siguientes condiciones:
El pago del importe del presente Convenio con cargo a la Consejería competente se
efectuará mediante dos libramientos con los siguientes plazos:
— 50 % en el primer trimestre del año 2024.
— 50 % en el mes de julio del año 2024.
La aportación de la Consejería competente, Dirección General de Igualdad, se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la entidad local que a tal efecto
determine.
La justificación de gastos y pagos con cargo al presente Convenio se presentará en dos
periodos:
— El primero, referente a la ejecución de enero a junio se presentará antes del 15 de
septiembre del año de vigencia del Convenio.
— El segundo, referente a la ejecución de julio a diciembre, se presentará antes del 28
de febrero del año siguiente al de la vigencia del Convenio.
En ambos casos se ha de adjuntar la documentación que se especifica para cada uno de
los Programas en el correspondiente Anexo, no admitiéndose, en ningún caso, la presentación de la misma fuera del plazo mencionado.
El órgano competente de la Consejería podrá solicitar que se complete o subsane en el
plazo que se establezca la documentación justificativa de los gastos y pagos. Si transcurrido dicho plazo no se aportara la documentación en los términos solicitados, se entenderá
como gastos no justificados.
La Comunidad de Madrid realizará la oportuna regularización de su aportación, descontando en convenios o libramientos sucesivos las cantidades percibidas y no justificadas
por la Entidad Local antes del 28 de febrero o, en su caso, iniciando el correspondiente procedimiento de reintegro de dichas cantidades. En lo relativo a las actuaciones cofinanciadas por FSE+, no se realizarán compensaciones entre los distintos ejes que incluye el convenio, procediéndose a iniciar el correspondiente procedimiento de reintegro.