Fresno de Torote (BOCM-20231221-84)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 303

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84

FRESNO DE TOROTE
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por resolución de la Concejalía-Delegada de Hacienda, número 1497, de 1 de diciembre
de 2023, se aprobó calendario fiscal para el ejercicio 2024, que se transcribe a continuación:
CALENDARIO FISCAL PARA EL EJERCICIO 2024
TRIBUTO

PERÍODO
DE COBRANZA

FECHA CARGO DOMICILIACIONES

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y
Tasa por entrada de Vehículos (Vados)

del 15 de marzo
al 14 de mayo

15 de marzo

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (rústicos y urbanos)

del 1 de agosto
al 30 de septiembre

1 de agosto

Impuesto sobre Actividades Económicas
Tasa de recogida de Basuras

Fraccionamiento: En cuatro plazos a partir de octubre con los intereses correspondientes
Sistema Especial de Pago a la Carta
Con bonificación del 2%
(solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2023)

en 2 plazos

los días 5, de marzo y agosto

en 4 plazos

los días 5, de mayo, junio, julio y agosto

en 6 plazos

los días 5, de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre

en 9 plazos

los días 5, de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto,
septiembre, octubre y noviembre

BOCM-20231221-84

Modalidad de cobro: a través de las entidades de crédito colaboradoras BBVA y Eurocaja Rural o en el Ayuntamiento o la sede electrónica ( https://sede.fresnodetorote.es )
con tarjeta de crédito, siempre con la carta de pago o recibo emitido por el Ayuntamiento.
Lugares, días y horas de ingreso: según horarios de pagos de recibos establecidos por
las entidades colaboradoras reseñadas.
Recaudación ejecutiva: transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por
el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
La publicación del presente calendario fiscal cumple la función de anuncio de cobranza establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
Se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a
través de entidades bancarias o cajas de ahorro o cooperativas de crédito calificadas.
Lo que se hace para general conocimiento.
En Fresno de Torote, a 5 de diciembre de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Ana Isabel
Arias López.
(01/20.667/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791