D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231221-35)
Convenio – Publicación de convenio-subvención de 11 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Martín Macías, S. A., para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa PROA+), curso 2023-2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea-Next Generation EU (C21, I2)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 173
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
35
PUBLICACIÓN de convenio-subvención de 11 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Martín Macías, S. A., para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa
para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial
complejidad educativa (Programa PROA+), curso 2023-2024, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con Fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea-Next Generation EU (C21, I2).
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de la Comunidad de Madrid, nombrado por el
Decreto 71/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación de los actos relacionados con las líneas de subvención vinculadas a la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiadas con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), recogida en la Orden 1657/2023, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, D. Pablo Manuel Martín Macías, en representación de Martín Macías, S. A.
(NIF A78049335), titular del centro educativo concertado denominado “San Martín” (código de centro 28017893) con capacidad jurídica acreditada, de acuerdo con la escritura pública número 2627, de 14 de septiembre de 2018 otorgada por D. Pablo José López Ibáñez,
Notario del Ilustre Colegio de Madrid, por la que se elevan a público los acuerdos de fecha 5
de septiembre de 2017 de la sociedad Martín Macías, S. A.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,
I. El artículo 29.1 del Estatuto de Autonomía de Madrid establece la competencia de
la Comunidad en el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión,
niveles y grados, modalidades y especialidades.
II. El Decreto 31/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, regula el régimen de
conciertos educativos en la Comunidad de Madrid.
III. De conformidad con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se atribuye a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio la planificación y la formulación de la ordenación jurídica
del régimen de los conciertos educativos con centros privados.
IV. El Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, establece que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades asume las competencias de la extinta Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
V. La Orden 1657/2023, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
por la que se modifica la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias
en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería, establece la delegación en los
titulares de las Direcciones Generales, en relación con todas las líneas de subvención, de sus
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PUBLICACIÓN de convenio-subvención de 11 de octubre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Martín Macías, S. A., para el desarrollo del Componente 21, Inversión 2: Programa
para la Orientación, Avance y Enriquecimiento Educativo en centros de especial
complejidad educativa (Programa PROA+), curso 2023-2024, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con Fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea-Next Generation EU (C21, I2).
REUNIDOS
De una parte, D. Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca, Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio de la Comunidad de Madrid, nombrado por el
Decreto 71/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, en virtud de la delegación de los actos relacionados con las líneas de subvención vinculadas a la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiadas con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), recogida en la Orden 1657/2023, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, D. Pablo Manuel Martín Macías, en representación de Martín Macías, S. A.
(NIF A78049335), titular del centro educativo concertado denominado “San Martín” (código de centro 28017893) con capacidad jurídica acreditada, de acuerdo con la escritura pública número 2627, de 14 de septiembre de 2018 otorgada por D. Pablo José López Ibáñez,
Notario del Ilustre Colegio de Madrid, por la que se elevan a público los acuerdos de fecha 5
de septiembre de 2017 de la sociedad Martín Macías, S. A.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,
I. El artículo 29.1 del Estatuto de Autonomía de Madrid establece la competencia de
la Comunidad en el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión,
niveles y grados, modalidades y especialidades.
II. El Decreto 31/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, regula el régimen de
conciertos educativos en la Comunidad de Madrid.
III. De conformidad con el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, se atribuye a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio la planificación y la formulación de la ordenación jurídica
del régimen de los conciertos educativos con centros privados.
IV. El Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, establece que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades asume las competencias de la extinta Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades.
V. La Orden 1657/2023, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
por la que se modifica la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias
en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería, establece la delegación en los
titulares de las Direcciones Generales, en relación con todas las líneas de subvención, de sus
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