D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231221-60)
Convenio – Convenio de colaboración de 27 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023
Psicólogo/a
de atención a
mujeres
Pág. 341
Trabajador/a
Social
Asesor/a
jurídico/a
Psicólogo/a
de atención a
menores
Tramos de población
Más de 180.000
3
2
1
1
De 90.000-180.000
2
2
1
1
Hasta 90.000
1
1
1
1
TOTAL SERVICIOS PERSONAL FUNCIONAMIENTO DEL PMORVG: 138.824,98 €
Aportación Fondos Pacto de Estado Comunidad de Madrid: 100%
2. AYUDAS DE CARÁCTER COMPLEMENTARIO Y GASTOS CORRIENTES.
TOTAL AYUDAS Y GASTOS CORRIENTES: 16.955,00 €
Aportación Fondos Pacto de Estado Comunidad de Madrid: 75%
Aportación Ayuntamiento: 25%
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD LOCAL
La Entidad Local firmante se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) Presentar durante el mes de enero o primer mes de ejecución del Convenio, la
previsión presupuestaria para las distintas líneas de actuación, respetando en
todo caso, los límites establecidos en la cláusula relativa a la financiación y las
cuantías totales indicadas en el presente Anexo. Esta previsión presupuestaria
debe contener desagregados los gastos de: Servicio de Asistencia Psicológica a
mujeres, de Atención Social, de Asesoría Jurídica, de Atención Psicológica a
menores, Coordinación, Apoyo Administrativo, Otros profesionales
especialistas, Ayudas económicas y Gastos corrientes.
b) Informar, por escrito, a la Dirección General de Igualdad, cualquier
modificación o variación que proceda realizar en el proyecto aceptado, así
como facilitar la verificación, por parte de la Dirección General de Igualdad, de
las actuaciones acordadas para dar cumplimiento al objeto del Programa. La
Dirección General de Igualdad podrá rechazar, en su caso, aquellas
modificaciones o variaciones en los términos referidos en el anterior apartado.
BOCM-20231221-60
IV.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 303
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023
Psicólogo/a
de atención a
mujeres
Pág. 341
Trabajador/a
Social
Asesor/a
jurídico/a
Psicólogo/a
de atención a
menores
Tramos de población
Más de 180.000
3
2
1
1
De 90.000-180.000
2
2
1
1
Hasta 90.000
1
1
1
1
TOTAL SERVICIOS PERSONAL FUNCIONAMIENTO DEL PMORVG: 138.824,98 €
Aportación Fondos Pacto de Estado Comunidad de Madrid: 100%
2. AYUDAS DE CARÁCTER COMPLEMENTARIO Y GASTOS CORRIENTES.
TOTAL AYUDAS Y GASTOS CORRIENTES: 16.955,00 €
Aportación Fondos Pacto de Estado Comunidad de Madrid: 75%
Aportación Ayuntamiento: 25%
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD LOCAL
La Entidad Local firmante se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) Presentar durante el mes de enero o primer mes de ejecución del Convenio, la
previsión presupuestaria para las distintas líneas de actuación, respetando en
todo caso, los límites establecidos en la cláusula relativa a la financiación y las
cuantías totales indicadas en el presente Anexo. Esta previsión presupuestaria
debe contener desagregados los gastos de: Servicio de Asistencia Psicológica a
mujeres, de Atención Social, de Asesoría Jurídica, de Atención Psicológica a
menores, Coordinación, Apoyo Administrativo, Otros profesionales
especialistas, Ayudas económicas y Gastos corrientes.
b) Informar, por escrito, a la Dirección General de Igualdad, cualquier
modificación o variación que proceda realizar en el proyecto aceptado, así
como facilitar la verificación, por parte de la Dirección General de Igualdad, de
las actuaciones acordadas para dar cumplimiento al objeto del Programa. La
Dirección General de Igualdad podrá rechazar, en su caso, aquellas
modificaciones o variaciones en los términos referidos en el anterior apartado.
BOCM-20231221-60
IV.