D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231221-59)
Convenio –  Convenio de colaboración de 27 de noviembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Mejorada del Campo para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
43 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 294

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 303

l) En su caso, prestar otros servicios de apoyo y acompañamiento social,
orientación laboral u otros de carácter especializado.
La herramienta telemática referida en los puntos a) y h) deberá cumplir los
requisitosestablecidos en los artículos 2 .1 y 3 del Real Decreto 311/2022, de 3
de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y, en
particular, a lo referido en el artículo 3.2 respecto a la necesidad de realizar
análisis de riesgos conforme al artículo 24 del Reglamento General de
Protección de Datos y, en los supuestos de su artículo 35, una evaluación de
impacto en la protección de datos.
Para el cumplimiento de las funciones asignadas, el PMORVG se atenderá por
parte del personal adecuado a las necesidades que se demanden y al censo de
población, debiendo contar con personal suficiente y cualificado.
Asimismo, el personal vinculado al PMORVG deberá dedicar al menos un 10%
de su jornada laboral en cómputo anual a actuaciones grupales y/o de sensibilización
y prevención de la violencia de género.
En todo caso, el PMORVG estará dotado por un equipo multidisciplinar básico a
jornada completa de, al menos:
-

Un/a psicólogo/a de atención a mujeres
Un/a trabajador/a social
Un/a asesor/a jurídico/a
Un/a psicólogo/a de atención a menores

Además de este equipo, podrán imputarse a este Programa los costes de personal
para tareas de coordinación, administrativas y otros profesionales especialistas en
materia de violencia de género distinto de los anteriores.
Solo podrán imputarse a este Programa los servicios efectivamente prestados. El
incumplimiento continuado en más de seis meses completos, podrá conllevar la no
tramitación de la justificación de los meses afectados por el incumplimiento para todos
los apartados (Asistencia Psicológica a mujeres y menores, Asesoría Jurídica, Atención
Social) y, en su caso, personal de apoyo administrativo, de coordinación y otros
profesionales especialistas.
A los profesionales que integren este equipo multidisciplinar básico y a otros
profesionales especialistas en materia de violencia de género con los que se pudiera
contar, se le exigirá junto a la titulación académica, haber recibido o impartido al
menos 100 horas de formación especializada en materia de violencia de género, lo
que deberá ser debidamente acreditado durante los dos primeros meses de vigencia
del Convenio ante la Dirección General de Igualdad, que dará el visto bueno. Queda

BOCM-20231221-59