D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20231221-33)
Convenio –  Convenio de 19 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo), la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid, M. P., para la creación de la “Cátedra IRSST-UAM: I+D+i en la prevención de riesgos laborales, “química verde y economía circular”
11 páginas totales
Página
Pág. 164

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 303

Quinta
Comisión de Seguimiento
Los firmantes del presente convenio designarán en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de entrada en vigor del mismo, a representantes que formarán parte
de la Comisión de Seguimiento, con el objeto de disponer de un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos, así
como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento durante su ejecución.
Esta comisión será paritaria entre los representantes de la universidad y sus órganos
propios (UAM y FUAM) y de la administración (IRSST).
La Comisión de Seguimiento está formada por:
Por parte de la Universidad Autónoma de Madrid:
— Universidad:
• Vicerrector de Innovación, Transferencia y Tecnología o persona en quien delegue.
• El Decano de la Facultad o Director de la Escuela a la que pertenece el Departamento al que se vincula la Cátedra.
• El profesor responsable de la Cátedra.
— FUAM
• El Director de la FUAM o persona en quien delegue.
Por parte del IRSST:
— Jefe de Área de Conocimiento y Cultura Preventiva, o persona en quien delegue.
— Jefe de Unidad Técnica De Estudio, Innovación Y Desarrollo, o persona en quien
delegue.
— Jefe de Servicio de Innovación y Desarrollo.
— Jefe de Unidad Técnica de Administración.
La Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al año, y
en sesiones extraordinarias tantas veces como sea necesario a petición de, al menos, dos
miembros. El director de la Cátedra se encargará de convocar en tiempo y forma las reuniones previstas de la Comisión de Seguimiento, con al menos un mes de antelación a la fecha
de celebración de la reunión, concretando la fecha y hora de la reunión, el lugar y los asuntos a tratar en el orden del día.
El Jefe de Área de Conocimiento y Cultura Preventiva o persona en la que delegue ostentará la capacidad de dirimir con su voto los empates en las votaciones de la Comisión.
En cualquier caso, la UAM, la FUAM y el IRSST, a través de los mecanismos previstos, podrán sustituir a los miembros de la Comisión designados, que pierdan o cambien la
condición por la que fueron designados para la misma. Si por cualquier circunstancia cambiara el número de representantes siempre se respetará el mencionado régimen de paridad
entre la universidad y sus medios propios y la administración de la Comunidad de Madrid
(IRSST) en la toma de decisiones.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
i.
Aprobación anual del Plan de Actividades.
ii.
Aprobación del Presupuesto.
iii.
Realización del seguimiento y el control de la ejecución del plan de actividades
y del presupuesto.
iv.
Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión de
Seguimiento, en concordancia con los estatutos y normativa reguladora de las
instituciones firmantes.
v.
Elevación a los órganos de gobiernos respectivos las propuestas, informes,
acuerdos o decisiones que exijan la sanción o ratificación de los mismos.
vi.
Velar por el cumplimiento y ejecución de los términos y condiciones de este
convenio.
vii. Promover la posibilidad de colaboración en temas científico-tecnológicos de interés común.
viii. Aprobar la Memoria anual de Actividades y de la Memoria Económica.
ix.
Dirimir cuantas dudas puedan surgir en la ejecución o interpretación del presente convenio, incluyendo las relativas a los posibles incumplimientos de las obligaciones y compromisos.
x.
Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos y que se
acuerden entre las partes.

BOCM-20231221-33

BOCM