C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231220-13)
Plan estratégico subvenciones – Orden 2279/2023, de 15 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas para 2024
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BOCM
MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 302
2. Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo
de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de su carrera.
Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.
Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.
3. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa. Se realizará mediante una convocatoria en
régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 100.000 euros que se imputará a la partida 48099. Su finalidad es el apoyo a la actividad cultural que realizan las
asociaciones y fundaciones madrileñas, por ser ambas entidades un medio de participación
de los ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.
Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.
Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.
IV. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo
De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones,
se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.
En relación con dichas subvenciones, a continuación se indican las entidades beneficiarias de las mismas, su importe, objetivo, y partida presupuestaria:
— Museo Nacional del Prado: 150.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40320.
— Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40321.
— Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya: 35.000 euros con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350.
— Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra: 12.500 euros para el mantenimiento del
Museo Etnográfico, con cargo a la partida 46351.
— Ayuntamiento de Colmenar de Oreja: 30.000 euros destinados al mantenimiento
del Museo Ulpiano Checa, con cargo a la partida 46353.
— Asociación de Creadores de Moda de España (ACME): 400.000 euros para promoción internacional de la moda española con cargo a la partida 48022.
— Asociación Arte y Sociedad: 15.000 euros para la organización de la Feria Estampa en su edición de 2023, con cargo a la partida 48049.
— Fundación Colección Thyssen-Bornemisza: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida: 48149.
— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para acciones relacionadas con artes visuales, con cargo a la partida 48151.
SUBVENCIONES EN MATERIA DE ARTES ESCÉNICAS, MUSICALES,
CINEMATOGRÁFICAS, AUDIOVISUALES Y DE VIDEOJUEGO
I. Previsión presupuestaria
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran
los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe
máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención
de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 19.695.000 euros,
siendo 10.925.000 euros de concurrencia competitiva y 8.770.000 euros nominativas, incluidos convenios subvención.
En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2022-2023, por importe de 1.700.000 euros.
En cuanto a las convocatorias bienales 2024-2025, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 2.275.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.
BOCM-20231220-13
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 302
2. Ayudas a personas físicas para la creación de artes visuales, por un importe máximo de 300.000 euros con cargo a la partida 48399. Su finalidad es fomentar el desarrollo
de proyectos de creación en el ámbito de las artes visuales para apoyar a los creadores madrileños o residentes en Madrid y contribuir a la consolidación y proyección de su carrera.
Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.
Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.
3. Ayudas a entidades culturales privadas sin ánimo de lucro para actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa. Se realizará mediante una convocatoria en
régimen de concurrencia competitiva, por un importe máximo de 100.000 euros que se imputará a la partida 48099. Su finalidad es el apoyo a la actividad cultural que realizan las
asociaciones y fundaciones madrileñas, por ser ambas entidades un medio de participación
de los ciudadanos en actividades de artes visuales y de moda como disciplina creativa.
Plazo de adjudicación: primer semestre de 2024.
Plazo de ejecución: segundo semestre de 2024.
IV. Consignaciones presupuestarias de carácter nominativo
De acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones,
se han previsto diversas subvenciones con asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024 en el programa 333A correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.
En relación con dichas subvenciones, a continuación se indican las entidades beneficiarias de las mismas, su importe, objetivo, y partida presupuestaria:
— Museo Nacional del Prado: 150.000 euros para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40320.
— Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida 40321.
— Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya: 35.000 euros con destino al mantenimiento del Museo Picasso, con cargo a la partida 46350.
— Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra: 12.500 euros para el mantenimiento del
Museo Etnográfico, con cargo a la partida 46351.
— Ayuntamiento de Colmenar de Oreja: 30.000 euros destinados al mantenimiento
del Museo Ulpiano Checa, con cargo a la partida 46353.
— Asociación de Creadores de Moda de España (ACME): 400.000 euros para promoción internacional de la moda española con cargo a la partida 48022.
— Asociación Arte y Sociedad: 15.000 euros para la organización de la Feria Estampa en su edición de 2023, con cargo a la partida 48049.
— Fundación Colección Thyssen-Bornemisza: 150.000 euros para para acciones relacionadas con la actividad museística, con cargo a la partida: 48149.
— Fundación Contemporánea: 55.000 euros para acciones relacionadas con artes visuales, con cargo a la partida 48151.
SUBVENCIONES EN MATERIA DE ARTES ESCÉNICAS, MUSICALES,
CINEMATOGRÁFICAS, AUDIOVISUALES Y DE VIDEOJUEGO
I. Previsión presupuestaria
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas financiará las ayudas comprendidas en el presente Plan Estratégico con cargo a los créditos de las partidas que integran
los capítulos IV y VII del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural). El importe
máximo de las adjudicaciones que se podrá conceder en las distintas líneas de subvención
de concurrencia competitiva y en las de consignación nominativa es de 19.695.000 euros,
siendo 10.925.000 euros de concurrencia competitiva y 8.770.000 euros nominativas, incluidos convenios subvención.
En el importe correspondiente a la gestión de convocatorias de concurrencia competitiva, se incluyen las cantidades correspondientes a las segundas anualidades de las convocatorias bienales 2022-2023, por importe de 1.700.000 euros.
En cuanto a las convocatorias bienales 2024-2025, el importe que se ejecutará en la segunda anualidad será de 2.275.000 euros, en los términos que se especifican más adelante.
BOCM-20231220-13
Pág. 36
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID