Manzanares el Real (BOCM-20231219-57)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 301

MARTES 19 DE DICIEMBRE DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MANZANARES EL REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO

Al no haberse presentado reclamaciones, durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional, del Ayuntamiento de Manzanares el Real, de 2 de noviembre de 2023, por el que se aprobó el expediente de modificación de créditos número 9/2023, del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado mediante bajas de otras aplicaciones de gastos del
presupuesto vigente no comprometidas, que se publica a los efectos del artículo 169.1, por
remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
APLICACIONES DE ALTA
CAPÍTULO

DESCRIPCIÓN

EUROS

1

Gastos Personal

97.380,00 €

2

Gastos corrientes en bienes y servicios

12.600,00 €

6

Inversiones reales

45.500,00 €
TOTAL

155.480,00 €

Esta modificación se financia con cargo a bajas de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS
APLICACIONES DE BAJA

6

DESCRIPCIÓN

EUROS

Inversiones reales

155.480,00 €
TOTAL

155.480,00 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por
el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid, en el plazo de
dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del
acto o acuerdo impugnado.
Manzanares el Real, a 1 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, José Luis Labrador Vioque.
(03/20.388/23)

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