C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231218-26)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 2204/2023, de 30 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para los años 2024 y 2025, en el sector del deporte
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 300

— A favor de la Fundación Madrid para el Deporte, para el apoyo a los deportistas
madrileños, programas de tutorización de deportistas de alto rendimiento de la
Comunidad de Madrid, la realización de actuaciones de promoción del deporte en
la región de Madrid, el programa de becas a deportistas madrileños de alto nivel
que obtengan resultados de acuerdo con los criterios técnicos establecidos por la
Comisión Técnica de la Fundación Madrid por el Deporte, así como para gastos
esenciales de estructura de la fundación.
— A favor de la Agrupación Deportiva de la Sierra, para subvencionar gastos ocasionados por la organización de actividades deportivas por alguno de los municipios
integrantes de la asociación (gastos de transporte, alojamiento, manutención, inscripción, entre otros) así como los gastos del personal administrativo y gastos de
mantenimiento y funcionamiento de la sede.
— A favor de la Agrupación Deportiva Nacional I, para subvencionar gastos ocasionados por la organización de actividades deportivas por alguno de los municipios
integrantes de la asociación (gastos de transporte, alojamiento, manutención, inscripción, entre otros) así como los gastos del personal administrativo y gastos de
mantenimiento y funcionamiento de la sede.
5. Plazos de ejecución
El Plan Estratégico se circunscribe a actuaciones que está previsto desarrollar durante
los ejercicios 2024 y 2025, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.
La obtención y alcance progresivo anual de los objetivos no agota la continuidad de las
diferentes líneas de actuación que, por su propia identidad, deben continuar mediante la financiación oportuna en los sucesivos Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.
6. Financiación y costes previstos

BOCM-20231218-26

La financiación de las diferentes líneas de subvención y los costes previstos de cada
una, está condicionada a las cantidades aprobadas en las sucesivas Leyes de Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid.
Los importes previstos para cada línea de subvención o ayuda directa son, como máximo, los consignados en los subconceptos de los programas con cargo a los cuales se van a
financiar, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo de los distintos ejercicios presupuestarios se realicen, en cuyo caso, podrán incrementarse los importes previstos para las
correspondientes líneas de subvención o ayudas directas.
La financiación de las líneas de subvención y ayudas estará supeditada, en todo caso,
al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Además la financiación de las diferentes líneas de subvención podrá hacerse con cargo
a los fondos europeos que se asignen a la Comunidad de Madrid, en el marco del Componente 26: Plan de Fomento del Sector Deporte, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno Español, tanto dentro de la Estrategia Nacional del fomento del Deporte
contra el sedentarismo y la inactivad física, como dentro de los Planes de Digitalización, de
Transición ecológica de Instalaciones Deportivas y del Plan Social del Sector Deporte.
A. Línea de subvenciones a federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid.
A.1. Para las órdenes de concesión de subvención nominativa a favor de las federaciones deportivas madrileñas o, en su caso, los convenios que puedan suscribirse con estas, para
las mismas finalidades, está prevista su financiación con cargo a las siguientes aplicaciones
presupuestarias, importes en euros y federaciones siguientes, del Programa 336A: