C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231218-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 2170/2023, de 23 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplían los plazos de ejecución y justificación previstos en la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Fondo Europeo-Next Generation EU”, en 2023
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B.O.C.M. Núm. 300

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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EXTRACTO de la Orden 2170/2023, de 23 de noviembre, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplían los plazos de ejecución y justificación previstos en la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de la Consejería de
Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras y se
efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no
urbanas, con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Fondo Europeo-Next Generation EU”, en 2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):
BDNS: 687219
BDNS: 687221
Único
Se modifica el apartado sexto del extracto de la Orden 320/2023, de 15 de marzo, de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras
y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas, con cargo al
“Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por el Fondo EuropeoNextGenerationEU”, en 2023, que indica que:
“Sexto
Justificación y abono de las ayudas
En el caso de las entidades locales, se podrá efectuar el pago anticipado del 100 por 100
de la ayuda concedida, tras la adjudicación y aceptación de la misma, sin necesidad de constituir aval. En el caso de las entidades privadas, se podrá efectuar el pago anticipado del 100
por 100 de la ayuda concedida, tras la adjudicación y aceptación de la misma, previa constitución de aval.
Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a justificar la totalidad de los gastos
del proyecto de inversión, no sólo la parte correspondiente a la ayuda recibida.
La presentación de la cuenta justificativa tendrá como fecha límite el 30 de noviembre
de 2023”.
Y que tendrá el siguiente contenido:
“Sexto
En el caso de las entidades locales, se podrá efectuar el pago anticipado del 100 por 100
de la ayuda concedida, tras la adjudicación y aceptación de la misma, sin necesidad de constituir aval. En el caso de las entidades privadas, se podrá efectuar el pago anticipado del 100
por 100 de la ayuda concedida, tras la adjudicación y aceptación de la misma, previa constitución de aval.
Los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a justificar la totalidad de los gastos
del proyecto de inversión, no solo la parte correspondiente a la ayuda recibida.

BOCM-20231218-27

Justificación y abono de las ayudas