Campo Real (BOCM-20231215-72)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
72

CAMPO REAL
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20231215-72

Por el Pleno Municipal ordinario de fecha 27 de noviembre de 2023 se ha aprobado el
calendario fiscal correspondiente a los tributos de carácter periódico del ejercicio 2024:
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 1 de marzo al 30 de abril.
— Tasa entrada de vehículos: del 1 de marzo al 30 de abril.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica: del 1 de julio al 3
de septiembre.
— Tasa por recogida de basura: del 1 de julio al 3 de septiembre.
— Impuesto sobre actividades económicas: del 1 de octubre al 30 de noviembre.
— Tasa por inspección de motores: del 1 de octubre al 30 de noviembre.
Asimismo, se comunica que los padrones fiscales referidos a los tributos que se han
relacionado quedarán expuestos al público en las Oficinas Municipales, plaza Mayor, número 1, Campo Real, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, quince días antes que se inicien los respectivos períodos de cobro y por el plazo de un mes, a fin de que
los interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones que estimen oportunas.
El pago se podrá efectuar:
a) Los recibos no domiciliados, previa presentación de los documentos de ingreso
que se remitirán al domicilio de cada contribuyente, en cualquiera de las oficinas
de las entidades colaboradoras con la recaudación que están relacionadas en los
recibos del tributo: Caixabank, Eurocaja Rural o Banco Santander.
b) En la Oficina Municipal de Recaudación, sita en plaza Mayor, número 1, Campo
Real, de martes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas y jueves en horario
de 17:00 a 20:00 horas, mediante pago con tarjeta.
c) De forma telemática a través de Internet en la página web http://recaudacion.camporeal.es
d) Los recibos domiciliados serán cargados en la cuenta bancaria de cada contribuyente.
Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario señalado anteriormente, se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia del recargo correspondiente y,
en su caso, los intereses de demora y costas que procedan, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, el
presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en
que termina la exposición pública.
En Campo Real, a 1 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Leal
González.
(01/20.204/23)

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ISSN 1989-4791