Leganés (BOCM-20231215-79)
Régimen económico. Bases concurso desfile cabalgata
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

En caso de contar con vallado asegurar la firmeza del mismo y en caso de contar con
estructuras de altura (las cuales no podrán ser de más de 4 metros) contar con sujeciones seguras (vientos, etc.).
— En general someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento de Leganés y las fuerzas de seguridad, facilitando cuanta información les sea requerida
y siguiendo las indicaciones que se les pudieran dar.
— El orden en que desfilarán las carrozas durante la cabalgata será establecido desde
la Delegación de Festejos siendo inamovible el orden de las carrozas municipales.
— El Ayuntamiento podrá desestimar la participación en la cabalgata y en el concurso (descalificación) si no cumple las condiciones establecidas en estas bases o por
cualquier defecto grave de seguridad detectado por las fuerzas de seguridad municipales, en la inspección previa a la cabalgata.
Art. 3. Solicitud y plazos.—La entrega y recepción de las solicitudes de inscripción
se realizará a través del registro electrónico municipal, debiendo remitir justificante de la
presentación de la misma por correo electrónico a festejos@leganes.org . El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el martes 26 de
diciembre de 2023. Cualquier solicitud de inscripción con fecha de registro posterior a dicha fecha no será aceptada.
Asimismo, deberán presentar a través del registro electrónico municipal la siguiente
documentación antes del día 4 de enero:
— Relación de todos los menores de edad que participen en los concursos.
— Declaración responsable del presidente de la asociación indicando que solo participarán los menores que hayan presentado autorización de su tutor/a.
— Autorización firmada por los tutores/as legales (padre/madre o tutor/a) de cada uno
de los menores que participarán en el desfile.
Art. 4. Sistema del concurso y jurado.—El día de la cabalgata (5 de enero de 2024) el
jurado constituido al efecto y formado por Jaime Cortés Orte (Técnico Superior de Cultura),
José Fernández Durán (Ayudante Técnico de Cultura) y Javier Blanco Jiménez (Coordinador de Festejos), y presidido por la concejal-delegada de Comunicación, Igualdad, Festejos,
Juventud y Cooperación, y actuando como secretario, con voz pero sin voto, Alejandro Suárez Gómez (Técnico de Festejos), valorará las carrozas durante todo el recorrido. El presidente podrá abstenerse en la votación.
Asimismo se nombra miembro del jurado suplente a Miguel Angel Villaverde Cristóbal (Jefe de Sección de Cultura).
El jurado se reunirá y procederá a la votación de los participantes una vez hayan finalizado el desfile, en sesión privada, otorgando la puntuación que estime oportuna a cada uno
de los participantes en función de los criterios establecidos en las presentes bases, emitiendo el fallo que proceda y levantándose la correspondiente acta por el secretario, en el que
hará constar la puntuación obtenida.
La selección de los ganadores será competencia exclusiva del jurado, emitiendo éste
su fallo con carácter definitivo e inapelable y pudiendo declarar desierto la concesión de algún o algunos de los premios.
El jurado velará por el estricto cumplimiento de las presentes bases, aclarando e interviniendo sobre cualquier duda que pueda presentarse sobre la interpretación de las mismas.
El jurado podrá adoptar las medidas oportunas y/o a descalificar, en su caso, a los participantes que incumplan algún punto de las bases durante el transcurso del concurso.
Asimismo, el jurado podrá revocar cualquiera de los premios en caso de detectar alguna irregularidad.
Los componentes del jurado puntuarán de 1 punto a 5 puntos (siendo 1 la mínima puntuación y 5 la máxima) de acuerdo con cuatro criterios: originalidad, vistosidad, laboriosidad y organización de la entidad.
El fallo del jurado se realizará la misma Noche de Reyes, publicándose en la página
web del Ayuntamiento: www.leganes.org , el primer día siguiente laborable.
Art. 5. Premios.—Se otorgarán los premios que a continuación se detallan, estableciéndose para todos ellos un máximo de nueve mil setecientos euros (9.700 euros), con cargo a la partida 21-3380-481-00 del ejercicio 2024, y que estarán sometidos a las retenciones
legalmente establecidas:
— Primer premio: 700 euros.
— Segundo premio: 650 euros.
— Tercer premio: 600 euros.

BOCM-20231215-79

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