B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO “PUERTA DE HIERRO MAJADAHONDA” (BOCM-20231215-12)
Convocatoria puesto –  Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Sección de Cardiología (imagen y pruebas no invasivas) en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 76

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 298

licitud. Por ello, en la resolución provisional de admitidos/as aparecerá como excluido/a y
solo será admitido/a si realiza la subsanación.
Cuarta
Documentación a aportar junto a la solicitud
Junto a la solicitud, los/as aspirantes deberán aportar, inexcusablemente, los siguientes documentos:
a) Copia del documento nacional de identidad, o documento acreditativo de la identidad.
b) Copia del título de especialidad de la plaza a concursar.
c) Copia del nombramiento de la plaza que se desea acreditar.
d) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios prestados como Facultativo/a en la especialidad que se convoca.
e) Autobaremo recogido en Anexo VI debidamente cumplimentado.
f) Historial profesional donde conste la trayectoria de la actividad asistencial recogida en Anexo I.
g) Proyecto Técnico de Gestión de la Sección.
h) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de
junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, deberán presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito
de trata de seres humanos.
Quinta
Admisión de aspirantes
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el/la Director/a-Gerente aprobará, mediante Resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as al proceso de provisión,
con indicación de la causa de exclusión.
2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar
desde el siguiente al de la publicación de la Resolución, para subsanar los defectos apreciados, disponible tanto en la página web www.comunidad.madrid/servicios/salud/provisionjefaturas-medicas-centros-sanitarios como en el Punto de Acceso General de la Comunidad
de Madrid www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general
y que figura como Anexo III a esta Resolución.
3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el/la Director/a-Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al proceso de provisión.
Sexta
Comisión de Selección

Séptima
Propuesta de adjudicación
Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección hará públicos sus resultados y elevará a el/la Director/a-Gerente la propuesta de nombramiento con carácter provisional, para el desempeño del puesto de Jefe/a de Sección de Cardiología (imagen y pruebas no invasivas).

BOCM-20231215-12

1. La composición de la Comisión de Selección se recoge en el Anexo V de esta Resolución, haciéndose pública la designación de sus miembros/as en la Resolución que aprueba
la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as al proceso de provisión.
2. La Comisión de Selección es un órgano colegiado cuyo funcionamiento está regulado en el Capítulo II Sección 3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios
en relación al historial profesional del candidato/a.