Ajalvir (BOCM-20231213-40)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 296

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40

AJALVIR

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ajalvir, en sesión celebrada en fecha 6 de
octubre de 2023, ha aprobado el calendario fiscal para el ejercicio 2024 de dichos padrones
fiscales, en los términos siguientes:
— Aprovechamiento de dominio público por cajeros automáticos 2024:
Del 3 de enero al 28 de febrero de 2024.
— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2024:
Del 1 de marzo al 3 de mayo de 2024.
— Tasa por entrada de carruajes y vado 2024:
Del 1 de marzo al 3 de mayo de 2024.
— Tasa recogida de basuras 2024:
a) Período voluntario: Del 1 de junio al 31 de julio de 2024.
b) Modalidad pago domiciliados:
d Primer pago domiciliados: 7 de febrero de 2024.
d Segundo pago domiciliados: 5 de julio de 2024.
— Impuesto sobre bienes inmuebles urbano 2024:
a) Período voluntario: Del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
b) Modalidad pago domiciliados:
d Primer pago domiciliados (40 por 100): 5 de marzo 2024.
d Segundo pago domiciliados (30 por 100): 5 de junio 2024.
d Tercer pago domiciliados (30 por 100): 5 de septiembre 2024.
— Impuesto sobre bienes inmuebles rústico 2024:
Del 2 de septiembre al 31 de octubre de 2024.
— Impuesto sobre actividades económicas 2024:
Del 22 de julio al 23 de septiembre de 2024.
— Fechas limite solicitudes:
d Domiciliación bancaria: Último día hábil diciembre 2024.
d SEP (Sistema Especial de Pagos), último día hábil de enero de 2024.
d Bonificación IBI urbana por familia numerosa, último día hábil de enero
de 2024.
Asimismo, se hacer saber que, quince días antes de la fecha de inicio del período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública de los padrones correspondientes a los tributos municipales de carácter periódico. Durante el plazo de exposición pública
de un mes, los padrones estarán a disposición de los interesados en la oficina recaudadora
del Ayuntamiento, sita en plaza de la Villa, número 1, 28864 Ajalvir.
— Lugar de pago: El pago se realizará en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias:
d CaixaBank.
d Sabadell.
d Sede Electrónica Ayuntamiento de Ajalvir.
d Pago telemático de tributos y sanciones municipales ( eadministracion.es ).
— Medios de pago: De acuerdo con lo establecido en los artículos 23 a 31 del Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 59 y 60 de la Ley General Tributaria, los medios de pago son: dinero de curso legal o cheque bancario
a favor del Ayuntamiento.
— Recursos: Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presi-

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RÉGIMEN ECONÓMICO