Paracuellos de Jarama (BOCM-20231213-62)
Personal. Relación puestos trabajo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 285
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer,
alternativamente, recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de
Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Paracuellos de Jarama, a 11 de diciembre de 2023.—El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.
BOCM-20231213-62
(03/20.639/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 285
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer,
alternativamente, recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en
el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de
Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Paracuellos de Jarama, a 11 de diciembre de 2023.—El alcalde, Jesús Muñoz Muñoz.
BOCM-20231213-62
(03/20.639/23)
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ISSN 1989-4791