Madrid (BOCM-20231211-49)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 294

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
49

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

BOCM-20231211-49

Admisión a trámite y aprobación inicial del Estudio de Detalle para las parcelas situadas
en la avenida de Fuentelarreyna, números 12 y 14, promovido por Quasar Real Estate II, S. L.,
distrito de Moncloa-Aravaca.— Número expediente: 135-2022-03492.
La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 23 de noviembre
de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el
expediente, el Estudio de Detalle para las parcelas situadas en la avenida de Fuentelarreyna,
números 12 y 14, distrito de Moncloa-Aravaca, promovido por Quasar Real Estate II, S. L., de
conformidad con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública, por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión,
para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas,
y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
y preceptos concordantes.
Tercero.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4.b).1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio.
Cuarto.—Suspender en el ámbito del Estudio de Detalle, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento
de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de
licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la
publicación del presente acuerdo que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones,
con excepción de la primera ocupación y funcionamiento.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información
Urbanística del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera del Sena, número 21, en las mañanas de los días hábiles, en el plazo señalado, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid ( madrid.es ), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visor Urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 1 de diciembre de 2023.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la
Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/20.451/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791