Bustarviejo (BOCM-20231211-56)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023
Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231211-56
Aprobadas inicialmente las modificaciones de:
— Ordenanza fiscal número 9 tasas por prestación de servicios de promoción deportiva.
— Ordenanza fiscal número 29 protección del arbolado urbano.
Por acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2023, de conformidad con los artículos 49
y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del
texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta
días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Bustarviejo, a 27 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Luis Perera Tanausu.
(03/19.810/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 259
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20231211-56
Aprobadas inicialmente las modificaciones de:
— Ordenanza fiscal número 9 tasas por prestación de servicios de promoción deportiva.
— Ordenanza fiscal número 29 protección del arbolado urbano.
Por acuerdo del Pleno de 24 de noviembre de 2023, de conformidad con los artículos 49
y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del
texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta
días, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se
estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de transparencia de este Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.
En Bustarviejo, a 27 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Luis Perera Tanausu.
(03/19.810/23)
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ISSN 1989-4791