Alcobendas (BOCM-20231211-51)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 294

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

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Los documentos expedidos relativos a experiencia y formación se presentarán debidamente firmados por Recursos Humanos. En caso contrario no serán considerados a la hora
de realizar la valoración por parte de la Comisión.
Toda aquella documentación que no se encuentre en poder del Ayuntamiento de Alcobendas, si el interesado no la aporta, no será tenida en cuenta en la valoración aunque se haya
hecho alusión a la misma en la Autobaremación de méritos dentro de la Convocatoria.
9.a

Comisión de valoración

La Comisión de Valoración propuesta por la Concejalía Delegada de Gestión de Talento tendrá un número de miembros impar y estará compuesta por:
— Presidencia: Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A1 del Ayuntamiento.
— Secretaría: Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A1 del Ayuntamiento.
— 3 Vocales: Un/a funcionario/a de carrera del Subgrupo A1 del Ayuntamiento, de
los que uno corresponderá al Área o Departamento demandante del puesto convocado.
Además, podrá asistir como apoyo administrativo un/a funcionario/a municipal de carrera que ejercerá las funciones administrativas necesarias en el proceso selectivo (elaboración y revisión de documentación, actas, etc) sin voz ni voto.
Para cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración se designará a un suplente.
Podrán asistir a las sesiones de la Comisión de Valoración, un representante de cada
uno de los Grupos Políticos, así como los representantes sindicales y en ambos casos como
observadores, con voz pero sin voto.
10.a

Calificación final

La Comisión de Valoración examinará las solicitudes presentadas, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido justificados documentalmente. La calificación final
se otorgará de acuerdo a las puntuaciones que en la base 7.a se adjudiquen a cada uno de los
méritos.
En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados en el apartado Experiencia.
De persistir el empate se acudirá a la fecha de nombramiento como funcionaria/o de
carrera en la Institución.
Si aun así continúa el empate, los miembros de la Comisión de Valoración (Presidencia, Secretaría y Vocalía) votarán, eligiendo por mayoría uno de los dos criterios indicados
previamente e incluso optar por utilizar, si así lo deciden, alguna de las siguientes opciones:
— El Sorteo anual de la letra con la que se hacen los llamamientos de procesos selectivos y que publica la secretaria general de Función Pública en el “Boletín Oficial
del Estado”.
— El voto de calidad del presidente (la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece, en su artículo 19.2.d, que corresponde al presidente de Tribunal (como Órgano Colegiado que es) “dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos”).
Durante todo el proceso la Comisión de Valoración podrá recabar formalmente a los
interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria
para la comprobación de los méritos alegados.
Finalización del proceso selectivo

Una vez concluida la valoración, la Comisión de Valoración publicará las puntuaciones obtenidas por cada aspirante dentro de la propia convocatoria en:
https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet Municipal de
este Ayuntamiento, proponiendo el nombramiento del aspirante que hubiera obtenido la
mayor puntuación.
La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas en
el proceso, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los aspirantes.
El candidato o candidata propuesto/a con carácter previo a su nombramiento e incorporación quedará obligado a presentar en la Dirección General de Gestión de Talento todos

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11.a