B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231211-15)
Directores centros docentes –  Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección de directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 294

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
15

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Recursos
Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección de directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad
de Madrid.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante, LOE) modificada
por la Ley Orgánica 3/2020, regula en los artículos 133 a 137 el proceso de selección y
nombramiento de directores en los centros públicos docentes no universitarios, disponiendo que el mismo se efectuará mediante concurso de méritos entre funcionarios docentes de
carrera que impartan alguna de las enseñanzas del centro, conforme a los principios de
igualdad, publicidad, mérito y capacidad.
Asimismo, la LOE dispone en su artículo 135 que la selección será realizada en el centro por una Comisión constituida por representantes de la Administración educativa y del
centro correspondiente, atribuyendo a las Administraciones educativas determinar el número total de vocales de las Comisiones, si bien al menos un tercio de los miembros de la Comisión será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los
miembros del Consejo Escolar que no sean docentes. Además, entre los miembros de la Comisión deberá haber, al menos, un director en activo. Para hacer efectivo dicho mandato, se
hace necesario ampliar el número de miembros de la Comisión hasta seis a los efectos de
incluir a la Inspección Educativa en el proceso de selección y, de este modo, dotarle de las
garantías procedimentales necesarias.
Por otro lado, dedica el artículo 136.2 de la referida Ley Orgánica al proceso de renovación de directores en dicho ámbito de actuación, disponiendo que los nombramientos de
los directores seleccionados por parte de la Administración educativa podrán renovarse, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos, por un nuevo período de cuatro años, pudiendo las Administraciones educativas fijar un límite máximo para la
renovación de los mandatos. En este sentido, el artículo 13 del Decreto 63/2004, de 15 de
abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento para la selección,
nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid
en los que se impartan enseñanzas escolares, dispone que, tras haber resultado seleccionado
como director por el procedimiento ordinario, el número máximo de prórrogas posibles será
de dos. Finalizadas las posibles prórrogas, el interesado deberá participar en un concurso de
méritos para poder ser nombrado de nuevo director, en el mismo o en otro centro.
El 30 de junio de 2024 finalizará el período para el que fueron nombrados para el cargo de director de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
los candidatos que fueron seleccionados en virtud de la convocatoria del procedimiento
para la selección de directores, realizada por Resolución de 3 marzo de 2016, que ya efectuaron una primera renovación, y por tanto, en virtud de las disposiciones citadas en el párrafo anterior, procede la realización de la convocatoria para que estos directores puedan
solicitar la segunda renovación de sus nombramientos.
En los casos en que esta resolución, sus bases y sus anexos utilicen sustantivos de género gramatical masculino para referirse a personas, cargos o puestos, debe entenderse que
se hace por mera economía en la expresión, y que deben asimilarse indistintamente a mujeres y hombres con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.
Por cuanto antecede, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 248/2023,
de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 244, de 13 de octubre de 2023), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General de Recursos Humanos ha dispuesto convocar procedimiento para la renovación y la selección de
directores, de acuerdo con las siguientes

BOCM-20231211-15

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