D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231211-44)
Convenio –  Convenio de 5 de diciembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y el Museo Nacional del Prado, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, por importe de 150.000 euros, destinados a financiar la exposición temporal “Obras Maestras Españolas de la Frick Collection” durante el 2023
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BOCM

LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 294

VIII. Que, de acuerdo con el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid, podrán concederse de forma directa y no será
necesario el requisito de publicidad y concurrencia cuando, con carácter excepcional, se
acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente
justificadas que dificulten la convocatoria pública.
IX. Que con fecha 31 de octubre de 2023 el titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte emitió informe justificativo de las razones excepcionales de interés público y social que hacen necesaria la utilización del procedimiento de concesión directa para
la asignación de la subvención al Museo del Prado, de acuerdo con el artículo 4.5.c) 3º de
la citada Ley 2/1995”.
X. Que la Orden 1902/2022, de 19 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo
y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Promoción Cultural para 2023, en el apartado destinado a las líneas de subvenciones
en materia de museos, exposiciones, artes visuales y moda como disciplina creativa, en el
subapartado destinado a las consignaciones presupuestarias con asignación nominativa, recoge dicha ayuda para la realización de acciones relacionadas con la actividad museística.
XI. Que, en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan, a los efectos oportunos y de
conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 5/2021, de 27 de enero, suscribir un convenio sujeto a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es el de formalizar la concesión directa de una subvención al organismo público Museo Nacional del Prado con destino a la exposición temporal
denominada “Obras maestras españolas de la Frick Collection” durante el año 2023, por importe de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros).
Segunda
Obligaciones del Museo Nacional del Prado
Previamente a la suscripción del presente convenio, el Museo Nacional del Prado deberá aportar la oportuna declaración responsable de no estar incurso en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; una declaración responsable de las ayudas concurrentes que pudiera obtener, de conformidad con el artículo 19 de la mencionada Ley, dada la compatibilidad de esta
ayuda con otras que se pudieran otorgar para el mismo fin y declaración responsable de no
haber sido condenado todo el personal (incluido el voluntario) dependiente de la entidad
que desarrolle actividades en contacto habitual con menores por sentencia firme por algún
delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Asimismo, para realizar el objeto del presente convenio, el Museo Nacional del Prado
asumirá las siguientes obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
1. Llevar a cabo las actividades para la que se concede la presente subvención, consistente en la realización de la exposición temporal denominada “Obras maestras españolas
de la Frick Collection”.
2. Justificar en el plazo máximo de 31 de marzo de 2024, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención, en la
forma que se indica en la estipulación cuarta.
3. El sometimiento a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Comunidad
de Madrid, y a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la
Intervención General de la Comunidad de Madrid, Cámara de Cuentas de la Comunidad de
Madrid, Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes.
4. Hallarse, con carácter previo a la concesión de la subvención y también con anterioridad al pago de la misma, al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no
tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.

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