D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231211-41)
Convenio –  Convenio de 15 de noviembre de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) al Ayuntamiento de Las Rozas, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Colonia Las Vírgenes. Fase I” y “Barrio de La Suiza. Fase I”, en el municipio de Las Rozas, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 294

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

Pág. 183

b) Relación de las obras en curso, con expresión del importe presupuestado y el calendario de realización.
c) Relación de las obras programadas pendientes de inicio, especificando para cada
una de ellas el presupuesto del proyecto y un calendario de realización que incluya, al menos, la fecha prevista de licitación, de adjudicación, de inicio de las
obras y de finalización, que en todo caso no podrá ser con posterioridad antes del
día 30 de junio de 2026.
Decimoprimera
Justificación y liquidación
1. La justificación por el Ayuntamiento de Las Rozas del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 69 y siguientes del Reglamento General de Subvenciones,
mediante la presentación de una cuenta justificativa que contendrá una memoria de las actuaciones llevadas a cabo y el grado de consecución de los objetivos previstos en la memoria-programa a la que se refiere el artículo 12.3.b) del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, así como de una memoria económica justificativa del coste de las actuaciones
realizadas que contendrá una relación clasificada de las inversiones realizadas, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de
pago, incorporándose asimismo las facturas o documentos de valor probatorio equivalente
y la documentación acreditativa del pago. Si se han producido otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada se indicará el importe recibido y su
procedencia.
2. En ningún caso la Comunidad de Madrid asumirá un posible exceso del coste de
las actuaciones realizadas, exceso que se entenderá íntegramente por cuenta del Ayuntamiento de Las Rozas.
3. Las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
La documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá ser aportada a la Comunidad de Madrid para su verificación antes del 10 de noviembre de 2026 para posterior su remisión por parte de ésta una
vez verificada al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con anterioridad
al 31 de diciembre de 2026.
4. Para la liquidación final se deberá aportar por el Ayuntamiento de Las Rozas una
nueva cuenta justificativa en los términos del apartado primero de esta cláusula. En el supuesto de que se justifiquen inversiones por importe inferior a la subvención reconocida en
la liquidación provisional, se procederá al reintegro de la diferencia en la Tesorería de la
Comunidad de Madrid.
Asimismo, será necesario aportar un certificado expedido y suscrito por el Alcalde/Alcaldesa del Ayuntamiento de Las Rozas que certifique la finalización completa de las actuaciones objeto de la subvención con pronunciamiento expreso de su realización conforme a lo establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. En este certificado se
relacionarán los importes de la inversión efectivamente ejecutada por partidas y los importes correspondientes a las ayudas recibidas, acreditando la veracidad en términos contables
y presupuestarios.
IV. Disposiciones relativas a las ayudas para la mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda

Tramitación de las ayudas para la mejora o rehabilitación de edificios de uso
predominante residencial para vivienda
1. De conformidad con lo previsto en el apartado cuarto de los Acuerdos número 15 y
número 18 de la Comisión Bilateral, de fecha 8 de febrero de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Las Rozas, “El Ayuntamiento de Las Rozas concederá las subvenciones para
las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para
vivienda, atendiendo únicamente a la fecha de presentación de estas siempre que cumplan
los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria”.

BOCM-20231211-41

Decimosegunda