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Convenio –  Convenio de 15 de noviembre de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) al Ayuntamiento de Las Rozas, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Colonia Las Vírgenes. Fase I” y “Barrio de La Suiza. Fase I”, en el municipio de Las Rozas, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 294

LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

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Para asegurar el correcto cumplimiento de la prohibición de doble financiación, los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a informar sobre cualesquiera otros fondos que
hayan contribuido a la financiación de las actuaciones subvencionadas.
II. Disposiciones relativas a la implantación
de las oficinas de rehabilitación
Octava
Implantación de la oficina de rehabilitación
1. De conformidad con lo previsto en los Acuerdos número 15 y número 18 de Comisión Bilateral, de fecha 8 de febrero de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Las Rozas, de
acuerdo con el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Las Rozas actuará como entidad gestora de las actuaciones programadas y constituirá una oficina de rehabilitación que se encargue de las labores de planeamiento, gestión y acompañamiento social realizando labores de intermediación
entre el particular y las administraciones públicas actuantes en el proceso.
2. Con cargo a los fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, mediante las resoluciones de transferencia de fechas 26 de octubre de 2021
y 28 de octubre de 2022, se financiarán para sufragar la constitución de la oficina de rehabilitación, que se otorgarán por el procedimiento de adjudicación directa a la entidad gestora, un importe total de 212.000,00 euros, que se desglosan de la siguiente forma:
— “Colonia Las Vírgenes. Fase I”: 19.200,00 euros.
— “Barrio de La Suiza. Fase I”: 192.800,00 euros.
3. En el plazo de un mes desde la firma de este Convenio se presentará ante la Dirección General con competencia en materia de vivienda un informe en el que se expongan los
medios personales y materiales destinados a la implantación de la oficina de rehabilitación
adjuntando el presupuesto de gastos de dicho equipo, desglosado por los diferentes conceptos presupuestarios (personal, gastos funcionamiento, etc…) y el período estimado de funcionamiento, teniendo en cuenta que las actuaciones objeto de financiación a través de este
Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026 y que la documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la
subvención deberá ser aportada al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
con anterioridad al 31 de diciembre de 2026.
La cuantía de la subvención máxima ascenderá hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada para financiar el establecimiento de servicios de oficina de rehabilitación, tipo “ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP, correspondientes al coste de gestión y de los equipos y oficinas de
planeamiento, información y acompañamiento social, incluso costes de redacción de documentos técnicos, con el límite del 100 % de los costes de dicha oficina que consten debidamente acreditados.
Novena
Justificación y liquidación

a) Documentación acreditativa de la constitución de la oficina de rehabilitación.
b) Una memoria de actuación, justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
c) Una relación clasificada de los gastos y pagos de la actividad objeto de subvención.
La justificación correspondiente a la anualidad 2026 deberá realizarse antes del 10 de
noviembre de 2026.

BOCM-20231211-41

1. La justificación por el Ayuntamiento de Las Rozas del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 69 y siguientes del Reglamento General de Subvenciones, mediante la presentación a fecha 1 de febrero de cada ejercicio de la siguiente documentación: