D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231211-41)
Convenio –  Convenio de 15 de noviembre de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras) al Ayuntamiento de Las Rozas, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Colonia Las Vírgenes. Fase I” y “Barrio de La Suiza. Fase I”, en el municipio de Las Rozas, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 294

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE DICIEMBRE DE 2023

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troles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de
Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
u) Cumplir con las obligaciones inherentes a la condición del Ayuntamiento de Las
Rozas de entidad ejecutora del PRTR, entre las cuales cabe citar las relativas al
cumplimiento de los hitos y objetivos asignados a subproyecto en el que se integran las actuaciones subvencionadas, las derivadas de la aplicación de la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, del sistema de información (CoFFEE), de
todos los principios transversales del PRTR MRR y de gestión específicos del artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, con el mismo nivel de
exigencia que el requerido a las entidades ejecutoras, incluidas las obligaciones
de disponer de un Plan de medidas antifraude, todo ello en virtud de la Resolución 1/2022, de 12 de abril de la Secretaría General de Fondos Europeos.
v) La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las
instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho
sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
w) El Ayuntamiento de Las Rozas procederá a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas
otorgadas, debiendo realizar una gestión diligente de los fondos públicos percibidos.
Sexta
Puesta a disposición de los fondos

1. La entrega de los fondos destinados tanto a la constitución de la oficina de rehabilitación, tipo “ventanilla única” que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas en el ERRP, se podrá realizar mediante un anticipo a cuenta tras la suscripción del
presente Convenio y previa solicitud del Ayuntamiento de Las Rozas, todo ello de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este
anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por parte del Ayuntamiento de Las Rozas.
2. La entrega de los fondos destinados a las actuaciones de mejora o rehabilitación
de edificios de uso predominante residencial para vivienda se realizará un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente Convenio.
Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley de Subvenciones 2/1995, de 8 de marzo, de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por el
Ayuntamiento de Las Rozas.
3. La entrega de los fondos destinados a las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico, se podrá realizar como un anticipo a cuenta tras la suscripción del presente Convenio y previa solicitud del Ayuntamiento de Las Rozas, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.5 del Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre. Este anticipo no tendrá que ser objeto de garantía por el Ayuntamiento de Las Rozas.
Séptima
Compatibilidad de régimen de ayudas de estado y prevención de doble financiación
1. La normativa que rige respecto de la compatibilidad del régimen de ayudas de estado establece que, en caso de que el destinatario último de la ayuda sea una persona física

BOCM-20231211-41

La entrega de los fondos al Ayuntamiento de Las Rozas se realizará de acuerdo con las
reglas establecidas a continuación para cada una de las actuaciones que se han programado
en los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada de “Colonia Las Vírgenes.
Fase I” y del ERRP de “Barrio de La Suiza. Fase I” se realizará mediante el procedimiento
de concesión directa al Ayuntamiento de Las Rozas: