El Berrueco (BOCM-20231207-58)
Régimen económico. Presupuesto general
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BOCM
Pág. 220
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 291
BOCM-20231207-58
2. La plantilla de personal, según lo siguiente.
A) Personal funcionario:
— Habilitado de carácter nacional: secretario-interventor 1 plaza.
— Servicios especiales: operario de servicios múltiples, 1 plaza.
— Auxiliar administrativo, 1 plaza.
B) Personal laboral:
— Auxiliar administrativo, 1 plazas.
— Educadores Casa de Niños, 2 plazas.
— Peón de limpieza, 2 plazas.
— ADL, 1 plazas.
— Coordinador Centro Cultural, 1 plazas.
— Peón de Servicios Múltiples, 1 plazas.
— Archivero-auxiliar administrativo, 1 plazas.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha
Jurisdicción.
De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
El Berrueco, a 22 de noviembre de 2023.—El primer teniente de alcalde, José Ignacio
Martín Montero.
(03/19.674/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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2. La plantilla de personal, según lo siguiente.
A) Personal funcionario:
— Habilitado de carácter nacional: secretario-interventor 1 plaza.
— Servicios especiales: operario de servicios múltiples, 1 plaza.
— Auxiliar administrativo, 1 plaza.
B) Personal laboral:
— Auxiliar administrativo, 1 plazas.
— Educadores Casa de Niños, 2 plazas.
— Peón de limpieza, 2 plazas.
— ADL, 1 plazas.
— Coordinador Centro Cultural, 1 plazas.
— Peón de Servicios Múltiples, 1 plazas.
— Archivero-auxiliar administrativo, 1 plazas.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha
Jurisdicción.
De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
El Berrueco, a 22 de noviembre de 2023.—El primer teniente de alcalde, José Ignacio
Martín Montero.
(03/19.674/23)
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