A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20231207-2)
Estructura orgánica –  Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 291

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE DICIEMBRE DE 2023

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vo y sobre la producción y gestión de los documentos, incluidos aquellos en soporte electrónico, respecto al Subsistema de Archivos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Madrid, así como el impulso de los archivos autonómicos para la mejora de la gestión de la administración y del servicio a la
investigación histórica y científica.
La política de digitalización de documentos y el establecimiento de protocolos y normas técnicas de actuación en esta materia, así como la supervisión de las propuestas
de autorización de la eliminación de documentos originales en soporte papel u otro
soporte analógico por sus copias digitales en un proceso de sustitución de soporte
para su elevación a informe del Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid o
a dictamen de la Comisión de Acceso y Valoración de Documentos de la Comunidad
de Madrid.
La creación, modificación y supresión, así como la supervisión y coordinación, de
los Servicios Delegados de Archivo en la Administración de la Comunidad de
Madrid y su Sector Público.
El estudio y la elaboración de informes para la declaración de Bien de Interés Cultural o de Bien de Interés Patrimonial de bienes integrantes del Patrimonio Documental Madrileño.
El mantenimiento e inscripción de fondos, colecciones y documentos en el Inventario de Bienes Reconocidos del Patrimonio Documental Madrileño.
La elaboración, el mantenimiento y la actualización del Directorio de Archivos de
la Comunidad de Madrid y de la Estadística de Archivos de la Comunidad de
Madrid, de conformidad con lo previsto en los artículos 84 y 85 de la Ley 6/2023,
de 30 de marzo.
El tratamiento integral de todos los documentos de la Comunidad de Madrid.
La formación de los profesionales y usuarios y difusión de las actividades en materia de archivos de la Comunidad de Madrid, a través de la realización de visitas
y prácticas e impartición de cursos en los centros de archivo y de la edición de publicaciones y folletos informativos.
La elaboración de propuestas de disposiciones de carácter general y de normativa
de carácter técnico en materia de archivos y gestión documental en el ámbito de
la Comunidad de Madrid.
Cualesquier otras competencias atribuidas a la Consejería por la Ley 6/2023, de 30
de marzo, y el resto del ordenamiento jurídico en materia de Archivos, Gestión de
Documentos y Patrimonio Documental.
En materia de la Oficina del Español, le corresponden las siguientes competencias:
La promoción de la Comunidad de Madrid como capital europea del español, en
coordinación con la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión
Europea.
La interlocución con instituciones públicas y privadas para impulsar las oportunidades económicas del español.
La colaboración activa con entidades dentro del ámbito de la Comunidad de
Madrid que trabajan por el impulso del español.
La promoción con el objetivo de realizar acciones de puesta en valor del español,
la consecución de sinergias entre la actividad de la Comunidad de Madrid y la de
entidades culturales internacionales, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
La promoción, realización y gestión de informes, estudios, jornadas y encuentros
que fomenten el debate en torno a la potencialidad cultural, económica y social del
español.

Estructura de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español se estructura en las
siguientes unidades administrativas con nivel orgánico de subdirección general:
a) Subdirección General de Patrimonio Histórico.
b) Subdirección General del Libro.
c) Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
d) Subdirección General de Gestión Económico-Administrativa.

BOCM-20231207-2

Artículo 6